Estimada Maria Del Rosario
En relación con la reclamación presentada, le informamos que el vehículo fue adquirido el pasado año. En consecuencia, y considerando el tiempo transcurrido desde la fecha de compra, la incidencia descrita no se encuentra actualmente cubierta por la garantía.De acuerdo con las condiciones escidas, el plazo de cobertura para la reparación de este tipo de avería es de tres meses o 10.000 kilómetros, aplicándose el criterio que antes se cumpla. En el presente caso, si bien no se ha superado el límite de kilometraje, sí ha sido excedido el plazo temporal estipulado, motivo por el cual la garantía ha quedado sin efecto.
No obstante, quedamos a su entera disposición paracualquier duda o aclaraciónal respecto
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente,
DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).
El mié, 18 mar 2026 a las 16:00,
reclamar@ocu.org escribió: