Tu reclamación
E. P.
A: OCASIÓN PLUS
Asunto: RECLAMACIÓN Y SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE RESERVA - EVA MARIA PAREDES ESCOBAR 52358061X (MODELO COCHE OPEL CROSSLAND 1.2 S&S DESIGN LINE 110 CV MATRICULA 6666LDR HECHOS 1. Con fecha 24/09/2026 procedí a realizar el pago de 350 € en concepto de reserva para el vehículo CROSSLAND 1.2 S&S DESIGN LINE 110 CV MATRICULA 6666LDR 2. Durante el proceso de información y visualización del vehículo, el personal comercial de OcasionPlus omitió y ocultó un dato técnico fundamental: que el vehículo está equipado con un motor PureTech (afectado por el conocido defecto de fabricación de la correa de distribución bañada en aceite). Es mas nos enseño otro vehiculo el cual lo tenian indicado que era PURETECCH , y nos dijo que ese si era y le dijimos que no queriamos ese motor, omitiendo esa informacion en el Opel Crossland. Además en la publicidad no se indica que lleva ese motor . 3. A los pocos días de realizar el depósito, y antes de formalizar el contrato definitivo de compraventa o firmar financiación alguna, tuve conocimiento por medios externos de la motorización real del vehículo. De haber dispuesto de esta información sustancial y crítica para la seguridad y fiabilidad del coche, jamás habría procedido a realizar la reserva. 4. Inmediatamente, me puse en contacto con OcasionPlus para comunicarles que no deseaba continuar con la operación debido a este vicio en el consentimiento por falta de transparencia. La respuesta de la empresa ha sido negarse a devolver el dinero de la reserva, intentando obligarme a adquirir otro vehículo de su stock, una opción que he rechazado al haber perdido totalmente la confianza en la empresa. A día de hoy, mis correos siendo ignorados y las llamadas me atiende la comercial muy amable pero insiste que no me devuelve la fianza por la politica de empresa. PETICIÓN Al no haberse formalizado el contrato de compraventa, ni haberse financiado el vehículo, y existiendo una flagrante falta de transparencia informativa sobre un elemento esencial del bien, solicito la mediación de la OCU para que OCASIÓN PLUS proceda al reembolso inmediato e íntegro de los 350 € depositados en concepto de reserva. A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Ocasion Plus S.L. / Mediación OCU: En relación a la contestación de la mercantil en el expediente nº 15758494, presento réplica y manifiesto mi total disconformidad basándome en los siguientes hechos y fundamentos de derecho: 1. Naturaleza de la contratación a distancia (Contrato Electrónico): Si bien el abono económico se gestionó en la central debido a fallos técnicos en el enlace de pago que la propia empresa me envió, la perfección del contrato y la firma del mismo se realizaron exclusivamente por medios electrónicos a través de un correo enviado a mi terminal privado. Al haberse formalizado el consentimiento de manera digital y online, el contrato se rige bajo la protección del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). 2. Prevalencia del Derecho de Desistimiento: En virtud de lo anterior, me ampara el derecho irrenunciable de desistimiento de 14 días naturales desde la firma del documento online, sin necesidad de justificación y sin penalización alguna. El artículo 102 de la citada Ley de Consumidores deja sin efecto cualquier cláusula contractual relativa a la pérdida de arras penitenciales (Art. 1.454 del Código Civil) en contratos celebrados a distancia o de forma electrónica. 3. Falta de transparencia del motor: Reitero que la ocultación del término comercial "PureTech" (motor afectado por graves alertas de seguridad por la degradación de la correa en aceite) indujo a un error esencial en mi consentimiento. La urgencia con la que se remitió el correo bajo la premisa de "firma y ya está" impidió una comprobación técnica previa. Por lo tanto, al haber ejercido el desistimiento en los plazos legales establecidos para la contratación electrónica, exijo la devolución inmediata de los 350,00 € retenidos indebidamente saludos
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OCASIÓN PLUS
A: E. P.
Estimados Sres.: En relación con la nueva reclamación y réplica registrada bajo el expediente 15761082 por parte de Dª Eva María Paredes Escobar, nos dirigimos nuevamente a ustedes para ratificar de forma tajante nuestra posición e informar de la improcedencia de la devolución de los 350,00 € solicitados, en atención a las siguientes consideraciones: Primero.- Inaplicabilidad del derecho de desistimiento de venta a distancia (Contratación Presencial). La reclamante pretende ampararse de forma errónea en el derecho de desistimiento regulado para los contratos celebrados a distancia (Art. 102 del TRLGDCU). Sin embargo, tal y como la propia cliente reconoce en su escrito, la negociación, la visualización de los vehículos en stock, la atención por el personal comercial y el abono económico de la reserva de 350,00 € se realizaron de forma presencial en las instalaciones físicas de esta mercantil. La utilización del soporte digital o firma electrónica para formalizar documentalmente la reserva tramitada de forma presencial no convierte la operación en un contrato a distancia, habida cuenta de que la cliente acudió en persona al escimiento para examinar el bien y contratar. Segundo.- Plena validez de la penalización por desistimiento en las arras penitenciales (Art. 1.454 CC). Al no resultar de aplicación el régimen de desistimiento a distancia, rige plenamente lo suscrito voluntariamente por las partes en el contrato de reserva bajo la figura de las arras penitenciales (artículo 1.454 del Código Civil). La retirada del vehículo Opel Crossland 1.2 SS Design Line 110 CV (matrícula 6666LDR) del mercado y su inmovilización supuso un coste de oportunidad e inmovilización para esta empresa. El desistimiento unilateral de la compradora tras su reconsideración personal sobre la motorización conlleva la pérdida de la cantidad entregada en concepto de señal. Tercero.- Inexistencia de vicio en el consentimiento o falta de transparencia. Esta sociedad reitera que el vehículo se ofertó y documentó con su denominación oficial exacta de fabricante. La alegación sobre informaciones genéricas obtenidas en internet acerca de una familia de motores no constituye vicio del consentimiento, engaño ni causa de nulidad contractual. Tampoco existió coacción ni urgencia en la firma del documento. Por todo lo expuesto, habiendo actuado esta mercantil con absoluta legalidad y rigor, nos ratificamos íntegramente en la denegación del reembolso de los 350,00 € en aplicación de la normativa civil y las condiciones contractuales pactadas. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 30 sept 2026 a las 16:15, reclamar@ocu.org escribió:
E. P.
A: OCASIÓN PLUS
Estimados señores, no estoy de acuerdo con lo que ustedes indican me REITERO, obviamente tuve que ir a ver el coche lógicamente no voy a comprar un vehículo con una simple foto, y me lo mostraron vuelvo a reiterar con ocultación del motor , yo como consumidor por unas siglas que ustedes ponen en la publicidad no tengo porque saber que se trata de un motor puro tech, para eso están ustedes para dar la información no que el cliente tenga q preguntar, la venta claro que fuimos a pagarlo alli presencial ya que la comercial nos mandaba enlace de pago y fallaba la aplicación, constan audios y mensajes de WhatsApp donde se indica , y donde nos dice que podemos pagarlo alli por eso fuimos a pagar la reserva en la oficina, no se agarre n a esa excusa , pq hay pruebas bastantes evidentes y conversaciones con la comercial donde se me dice cómo proceder a la reserva .Con respecto a las informes por internet que usted indica del motor , de sobra saben ustedes los problemas que dan. Rechazo plenamente la contestación de la empresa. Alegan la existencia de unas arras pactadas voluntariamente, pero es totalmente falso. El personal comercial incurrió en una falta absoluta de transparencia. En el establecimiento no se me mostró, leyó ni entregó ningún contrato previo. Únicamente se me solicitó estampar mi firma digital sobre un recuadro en blanco en un dispositivo electrónico, sin tener acceso al documento completo ni conocer la existencia de una penalización de 350 € por desistimiento. Hay pruebas de este dato que le estoy diciendo. Donde se me indica pq yo no fui a pagarlo personalmente fue un familiar y me enviaron un WhatsApp donde me dijeron firma en el recuadro está todo documentado, por lo tanto solicito el reembolso de los 350 euros.
OCASIÓN PLUS
A: E. P.
Estimados Sres.: En relación con el último escrito de réplica presentado por Dª Eva María Paredes Escobar respecto al expediente de referencia, nos dirigimos a ustedes a fin de trasladar la postura final y definitiva de Ocasión Plus, S.L.: Primero.- Inexistencia de vicio en el consentimiento y corrección en la denominación técnica. Esta mercantil reitera que el vehículo fue publicitado y ofertado bajo su denominación comercial y técnica oficial asignada por el fabricante (Opel Crossland 1.2 SS Design Line 110 CV). Las valoraciones de la cliente sobre la familia de motores de dicho modelo constituyen apreciaciones personales ajenas a la veracidad de la oferta. Asimismo, rechazamos la acusación de ocultación en el proceso de reserva, puesto que las condiciones contractuales, el importe entregado a cuenta y su función de señal/reserva figuraban documentalmente en el proceso formalizado. Segundo.- Naturaleza presencial del negocio jurídico y perfeccionamiento del contrato de reserva. La visita al concesionario, el examen presencial del vehículo en las instalaciones físicas y la realización del pago presencial en el escimiento consolidan un procedimiento de contratación presencial. La firma digitalizada estampada por el titular o persona autorizada vincula formalmente a las partes al documento de reserva formalizado, mediante el cual el vehículo quedó inmovilizado y retirado del catálogo comercial con el consiguiente perjuicio operativo para esta mercantil por su posterior desistimiento unilateral. Tercero.- Posición formal sobre promesas comerciales y requerimiento de prueba. Esta parte niega que existiera ningún compromiso de devolución de la reserva fuera del marco legal de las arras penitenciales (art. 1.454 CC). No obstante, en el hipotético caso de que la cliente sostenga que el personal comercial le prometió expresamente la devolución de la señal en caso de desistimiento, quedamos a la espera de que la reclamante aporte los justificantes, documentos o pruebas fehacientes que acrediten formalmente dicha promesa verbal o escrita. Cuarto.- Conclusión y denegación. A falta de prueba que acredite un pacto de devolución con el comercial, esta sociedad se ratifica íntegramente en la denegación del reembolso de los 350,00 €, al haberse aplicado rigurosamente el contrato de reserva y la normativa civil aplicable por desistimiento unilateral de la compradora. Atentamente, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 30 sept 2026 a las 17:30, reclamar@ocu.org escribió:
E. P.
A: OCASIÓN PLUS
Bueno en vista que he ido por las buenas e intentar arreglarlo, me he sentido defraudada por ustedes, y aportaré todas las pruebas que me requiera el juzgado . Ya que es muy fácil argumentar lo q ustedes hacen simplemente por el echo de vender un coche sea como sea , no me extraña ver las reseñasvtan negativas que ustedes tienen , pero no desistiré en conseguir mi dinero
OCASIÓN PLUS
A: E. P.
Estimados Sres.: En relación con el último escrito de manifestación remitido por Dª Eva María Paredes Escobar en el marco del expediente de la referencia, nos dirigimos a ustedes a fin de dejar constancia de la posición final de Ocasión Plus, S.L.: Primero.- Ratificación formal en las alegaciones expuestas. Esta parte toma razón del escrito de la reclamante y se ratifica íntegramente en las respuestas motivadas trasladadas con anterioridad. La reserva del vehículo Opel Crossland 1.2 SS Design Line 110 CV (matrícula 6666LDR) se celebró conforme a la legalidad vigente, con la denominación técnica oficial del automóvil y mediante la inmovilización efectiva del bien fuera del mercado de ocasión. Segundo.- Naturaleza de la retención de las arras. Reiteramos que el desprendimiento de la operación responde a una decisión unilateral de la compradora tras su reconsideración personal sobre la motorización. Al haberse ejecutado la reserva presencialmente y de acuerdo con lo regulado en el contrato suscrito al amparo del artículo 1.454 del Código Civil (arras penitenciales), la pérdida de los 350,00 € entregados responde estrictamente a la penalización por desistimiento en el negocio jurídico pactado. Tercero.- Conclusión. Lamentando la disconformidad manifestada por la cliente y respetando su derecho a ejercitar las acciones que estimare oportunas ante las instancias que considere convenientes, esta sociedad confirma de manera definitiva la denegación del reembolso de los 350,00 €, dando por concluida la vía de mediación extrajudicial en el presente expediente por no concurrir causa contractual ni legal de devolución. Atentamente DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Ocasión Plus SL Email:atencionalcliente@ocasionplus.com En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil no está adherida a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor). Esta parte NO acepta resolver el conflicto por medio de arbitraje o medio alternativo. En caso de que el reclamante no colabore/facilite información necesaria , si no se subsanara en el plazo de 10 dias hábiles, OCASION PLUS podrá, previo aviso, archivar la reclamación. Protección de Datos (RGPD y LOPD-GDD): De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, le informamos queOCASIÓN PLUS S.L.(NIF B-86140597),Avd.Juan Carlos I, nº 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), es el Responsable del Tratamiento de sus datos personales.Sus datos se tratarán con la finalidad de gestionar su consulta, el servicio postventa y, en su caso, la ejecución del contrato de compraventa y garantía.La base legítima es la ejecución contractual y el cumplimiento de obligaciones legales (Art. 6.1.b y c RGPD).No se cederán datos a terceros salvo obligación legal o vinculación financiera autorizada.Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros endpd@ocasionplus.como en nuestro domicilio social El mié, 30 sept 2026 a las 19:45, reclamar@ocu.org escribió:
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