Titular de los servicios contratados: F.R.C.
Número de teléfono (Tarjeta SIM): 624784088
Fecha inicial de contratación de los Servicios de DIGI: 10 de marzo de 2023
Fecha última -y única- recarga (5€): 4 de agosto de 2023
Fecha de desactivación definitiva: 4 de mayo de 2024
Mediante la mediación de OCU me dirijo nuevamente a la empresa DIGI SPAIN TELECOM, S.L.U. para la resolución satisfactoria de la devolución del saldo no consumido restante en la Tarjeta SIM desactivada definitivamente.
Inicié las conversaciones desde mi cuenta de correo personal con la empresa de telefonía el pasado 10 de mayo de 2024.
El 24 de junio de 2024, con la ayuda de OCU, me ingresan en la cuenta 9,10€, en lugar de los 15€ que yo les reclamo.
Tras la correspondiente reclamación [N/REF.: RC1000913/25] a la SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES, se constata claramente este hecho como probado y se obtiene resolución a mi favor.
Conclusión:
La empresa DIGI incluso con pruebas concluyentes en su contra se niega a hacer efectivo mi derecho como consumidor.
Como titular de la línea, exijo cumplimiento del apartado 7.2 de las CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMUNICACIONES MÓVILES PREPAGO DE DIGI, que textualmente dice que ante la desactivación definitiva de una Tarjeta SIM se actuará ‘‘sin perjuicio del derecho que asiste al Cliente a la devolución del saldo no consumido restante en la Tarjeta SIM’’