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No cumplen con lo que ponen en el contrato y no hacen la devolución del dinero.

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

I. S.

A: EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

05/08/2026

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación contra EDI BUSINESS SCHOOL, S.L.U. (EDIBS / MKT Hackers), con motivo de la contratación del curso "MKT Hackers" por importe de 1.900 €, financiado mediante crédito vinculado con Sequra. Contacté inicialmente con la empresa solicitando la creación de un agente de inteligencia artificial para mi negocio (salón de belleza). Su comercial, D. Gorka , me orientó hacia la contratación de esta formación en su lugar, asegurándome que, pese a no tener conocimiento previo alguno de inteligencia artificial, sería capaz de crear e implementar el sistema por mí misma, y que en aproximadamente un mes recuperaría la inversión. Le trasladé expresamente que estaba a la espera de una intervención médica y con tiempo limitado, respondiéndome que no sería ningún problema. El contrato se firmó el 30/07/2025 (Docusign Envelope ID 1C3299AA-7615-4E39-8B99-BE208D0DB35F). Durante el año de vigencia he visualizado la totalidad del contenido, asistido a las clases en directo mientras me fue razonablemente posible, e intentado implementar paso a paso el sistema enseñado. Sin embargo, ni los propios mentores ni el equipo de soporte del programa han sido capaces de explicarme los pasos concretos necesarios para su implementación, extremo que la propia empresa ha reconocido. Mi reclamación no se basa en un cambio de opinión ni en no haber alcanzado resultados por falta de dedicación, sino en que la empresa ha incumplido su obligación esencial de proporcionar formación y soporte funcional que permitiera ejecutar el objeto del contrato: crear una agencia digital desde cero. Con fecha 05/08/2026 he remitido reclamaciones formales por escrito tanto a EDI BUSINESS SCHOOL, S.L.U. como a Sequra, solicitando la resolución del contrato, la devolución del importe abonado y la suspensión de las cuotas pendientes de la financiación vinculada, sin haber obtenido respuesta hasta la fecha. Además, he podido comprobar que mi caso no es aislado: en esta misma plataforma constan otras reclamaciones contra esta empresa por hechos similares (negativa a tramitar bajas, presión comercial, financiación vinculada que sigue cobrando pese a solicitudes de baja), incluyendo al menos dos que mencionan expresamente al mismo comercial, D. Gorka, contactando a los reclamantes para disuadirles de darse de baja. SOLICITO que la OCU tramite la presente reclamación y medie con la empresa para lograr la resolución del contrato "MKT Hackers" y la devolución íntegra de los 1.900 € abonados, así como la cancelación de la financiación vinculada con Sequra conforme al artículo 29 de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo.

Mensajes (3)

EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

A: I. S.

06/08/2026

En relación con la reclamación formulada por D.ª Isabel María Jódar Martínez frente a EDI BUSINESS SCHOOL, S.L.U., esta entidad formula las siguientesALEGACIONESPRIMERA.- Sobre la contratación y aceptación del contrato La reclamante formalizó voluntariamente la contratación del programa el día 30 de julio de 2025, mediante firma electrónica del correspondiente contrato de prestación de servicios formativos. En dicho contrato se recoge expresamente el contenido del programa, la modalidad de impartición, el acceso inmediato a la plataforma, la duración del soporte, así como las condiciones de la garantía comercial ofrecida por la empresa. Asimismo, el contrato esce expresamente que EDIBS no garantiza resultados económicos concretos, ya que estos dependen de la ejecución, dedicación y circunstancias propias de cada alumno. SEGUNDA.- Sobre la supuesta falta de información contractual La reclamante sostiene que no recibió correctamente la documentación contractual. Sin embargo, las comunicaciones mantenidas con el departamento de admisiones acreditan precisamente lo contrario. El mismo día de la contratación se le informó del procedimiento de firma del contrato, se detectó un error en la dirección de correo facilitada por la propia alumna y, una vez corregido, se procedió al reenvío inmediato de la documentación para su firma electrónica. Posteriormente se verificó su identidad y se completó el proceso de alta antes de facilitar los accesos al campus. Todo este proceso consta documentado en las conversaciones mantenidas con el departamento de admisiones y, además, prueba fehaciente de todo ello es que el contrato se encuentra debidamente firmado por la reclamante y, para ello, debe haberlo podido abrir, leer y, finalmente, firmar. TERCERA.- Sobre la prestación efectiva del servicio Tras la contratación, la alumna recibió acceso al campus, al canal de soporte y al resto de recursos incluidos en el programa. Las evidencias aportadas acreditan igualmente que: utilizó la plataforma; realizó progresos en distintos módulos del programa; mantuvo diversas consultas con el equipo de soporte; recibió asistencia técnica cuando experimentó incidencias de acceso; dichas incidencias fueron atendidas y resueltas por el equipo correspondiente. Por tanto, no puede sostenerse que la empresa dejara de prestar el servicio contratado. CUARTA.- Sobre el supuesto incumplimiento de resultados La reclamación fundamenta su pretensión en no haber obtenido los resultados esperados. No obstante, el contrato suscrito esce expresamente que la formación constituye una obligación de medios y no de resultado. EDIBS proporciona el contenido formativo, el soporte, las clases en directo, las actualizaciones y el acompañamiento previsto, pero no puede garantizar ingresos concretos ni la recuperación de la inversión realizada por cada alumno, al depender dichos resultados de múltiples factores ajenos al control de la entidad. QUINTA.- Sobre la garantía comercial La reclamante parece confundir la garantía comercial ofrecida con un derecho automático de devolución. Sin embargo, el contrato lo que regula expresamente es una garantía condicional, aplicable únicamente cuando concurren todos los requisitos previstos y detallados en el mismo contrato. En consecuencia, dicha garantía no constituye un derecho de desistimiento ni una devolución automática por ausencia de resultados. SEXTA.- Sobre la financiación La financiación fue formalizada libremente por la alumna con la entidad financiera correspondiente como método de pago escogido. No concurriendo causa legal de resolución del contrato principal, tampoco procede la cancelación de la financiación vinculada. Asi las cosas, ee toda la documentación aportada resulta acreditado que: la contratación fue válidamente formalizada mediante firma electrónica; el contrato regulaba expresamente el contenido del programa y las condiciones de la garantía comercial; la alumna recibió la documentación contractual y completó correctamente el proceso de alta; EDIBS puso a su disposición todos los servicios contratados y atendió las incidencias técnicas comunicadas; el programa fue efectivamente utilizado por la reclamante; y no existe incumplimiento contractual impu a esta entidad. Por todo ello, no procede la resolución del contrato ni la devolución de las cantidades abonadas, interesando la desestimación íntegra de la reclamación. Atentamente, Un saludo,

I. S.

A: EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

26/08/2026

Contraté la formación de EDI Business School en julio de 2025 porque un comercial de la empresa me aseguró que ahí aprendería a desarrollar un agente de inteligencia artificial para gestionar la agenda de mi negocio, un salón de uñas. Me dijo que era mejor apuntarme a la academia que contratar el desarrollo directamente, porque me lo explicarían paso a paso, lo podría hacer yo misma, me saldría más económico y hasta podría revenderlo. Fue esa promesa la que me hizo comprar la formación, no el contenido genérico que ofrecen a su alumnado habitual. Al entrar en el programa descubrí que eso no se podía hacer, y que ni siquiera los propios mentores sabían cómo hacerlo. Me propusieron una idea de negocio completamente distinta a la que yo buscaba. Aun así seguí todos los pasos que me indicaron, invertí en publicidad y monté la landing page tal y como me dijeron, sin ningún resultado, porque el contenido del programa nunca cubrió lo que necesitaba. Hay sesiones de tutoría grabadas por la propia plataforma en las que el tutor reconoce, en sus propias palabras, que lo que yo pedía no se puede hacer con este programa. He pedido varias veces que me faciliten copia de esas grabaciones y sigo sin recibirlas. He presentado una reclamación formal solicitando la devolución de lo pagado, y llevo varias respuestas de la empresa con el mismo argumentario genérico, sin que en ninguna se aborde el motivo real de mi queja: que me vendieron algo distinto de lo que la formación realmente contiene. Sigo pagando una formación que no me sirve para lo que la compré, y escribo esto para que quien esté valorando apuntarse sepa exactamente lo que puede encontrarse antes de decidir.

EDIB BUSINESS SCHOOL, SLU

A: I. S.

26/08/2026

Hola, Isabel Jódar Martinez Lamentamos que tu valoración del programa sea la que expones, pero consideramos necesario realizar algunas aclaraciones, ya que la descripción publicada no refleja íntegramente la relación contractual ni el desarrollo de la formación. La contratación de MKT Hackers se formalizó el 30 de julio de 2025 mediante contrato firmado electrónicamente, en el que se identifica expresamente el objeto del programa: una formación paso a paso orientada a la creación y desarrollo de una agencia digital desde cero. El contrato detalla igualmente los contenidos y servicios incluidos, entre ellos módulos formativos, clases grupales en directo, soporte y acceso continuado al contenido. Desde el inicio se facilitaron los accesos correspondientes y se atendieron las incidencias comunicadas durante el proceso de incorporación. Asimismo, los registros de la plataforma acreditan que se ha hecho uso efectivo y continuado de la formación, accediendo y avanzando en numerosos contenidos del programa relacionados, entre otros ámbitos, con inteligencia artificial, automatizaciones, creación de oferta, captación, publicidad y desarrollo de negocio. Por ello, no podemos compartir la afirmación de que se haya contratado un servicio y proporcionado otro distinto. El servicio contratado ha permanecido disponible y se ha venido prestando conforme al contenido y alcance escidos documentalmente. Respecto de las manifestaciones que atribuyes a determinadas conversaciones comerciales o sesiones de tutoría, no consideramos adecuado debatir públicamente conversaciones concretas ni realizar valoraciones sobre fragmentos o afirmaciones aisladas fuera de su contexto. Cualquier reclamación de esta naturaleza debe analizarse sobre la documentación y evidencias completas del expediente. También queremos aclarar que el programa constituye una formación y un acompañamiento para que el alumno adquiera e implemente conocimientos y herramientas, y no la contratación de EDIBS para desarrollar por encargo una solución tecnológica concreta para un negocio determinado. De hecho, el propio contrato esce que los resultados dependen de la ejecución y dedicación del alumno y no garantiza resultados empresariales específicos. Tu reclamación ha sido atendida y analizada por nuestros canales internos. Que la resolución adoptada no coincida con la solución económica solicitada no significa que el motivo planteado no haya sido valorado. Seguimos a tu disposición a través de nuestros canales oficiales para cualquier cuestión relativa a tu expediente. Un saludo,


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