ASEGURADO: MARIA S
BUZÓN DE CALIDAD
DEPARTAMENTO CALIDAD onLygal
Estimada Maria,
Por la presente, acusamos recibo de su queja vinculada al contrato suscrito con onLygal. Agradecemos que se haya tomado el tiempo para comunicarnos sus inquietudes.
En onLygal, valoramos la opinión de nuestros clientes y nos comprometemos a resolver cualquier situación que no cumpla con sus expectativas. Su queja ha sido registrada y será revisada por nuestro departamento de calidad. Nos esforzamos por ofrecer un servicio que cumpla las expectativas y tomaremos las medidas necesarias para abordar su situación.
Intervención departamento de calidad de onLygal:
En relación con los comentarios realizados sobre la póliza de protección de alquiler Premium Plus nº 86883532, lamentamos que su percepción de nuestros servicios no haya sido satisfactoria.
No obstante, consideramos necesario realizar algunas aclaraciones respecto a los hechos expuestos.
En primer lugar, los servicios incluidos en la póliza están detalladamente descritos en las condiciones contractuales que le fueron entregadas en el momento de la contratación. En dicha documentación se especifican tanto las coberturas como los servicios complementarios incluidos, así como las condiciones y procedimientos para su utilización.
Tras revisar su expediente, no nos consta ninguna comunicación escrita durante la vigencia de la póliza mediante la que se solicitara formalmente la prestación de los servicios a los que hace referencia, tales como asistencia jurídica, asesoramiento legal o gestión de suministros. Servicios que requieren que el cliente los solicite a través de los canales habilitados para ello.
Asimismo, la garantía de asistencia jurídica contemplada en la póliza está sujeta a los términos, límites y condiciones escidos contractualmente, por lo que no todas las circunstancias o conflictos pueden quedar amparados por dicha cobertura. En el caso planteado, la finalización del arrendamiento por una problemática vecinal ajena a la relación arrendaticia no se encontraba dentro del ámbito de cobertura de la póliza.
Por otro lado, también recibimos su reclamación directamente en Onlygal y procedimos a analizarla de forma individualizada. Como resultado de dicha revisión, , se realizó un extorno de prima por importe de 310,82 euros, abonado el pasado 27/07, en atención a las circunstancias expuestas y como muestra de buena voluntad comercial.
Lamentamos que nuestra resolución no haya coincidido con sus expectativas.
Agradecemos sus comentarios, ya que nos ayudan a seguir trabajando en la mejora de nuestros procesos de comunicación y atención al cliente.
Atentamente,
Carmen Rubia
Departamento de Calidad
T. (34) 93 451 36 71 M. (34)
calidad@onlygal.es
www.onlygal.es
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