Estimados/as señores/as:
Contraté un viaje en tren desde la estación de Sevilla Santa Justa a la de Zaragoza Delicias, que tenía su salida a las 16:17 horas del día 11 del mes de junio de 2026 por lo que la llegada normal a Zaragoza Delicias debería haber tenido lugar a las 20:52 horas del día 11 de junio de 2026. El billete tenía un coste de 92,15€.
Nº de pasajeros: 1
El tren llegó al destino a las 21:58 horas, sufriendo un retraso de 1 hora y 6 minutos de diferencia con el horario previsto originariamente de llegada.
Adjunto los siguientes documentos:
- Billete de Tren
- SMS con la notificación de un retraso de 65 minutos.
Intenté solicitar la reclamación a través de la plataforma indicada para ello en su web oficial, pero recibí la negativa debido a que, según esgrimían, "no se ha producido ningún retraso indemnizable en dicho tren" lo cual no es cierto, por lo que:
SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la política de compensaciones de la compañía, ya que el retraso se debió a causas ajenas con el ajuste de velocidad de sus trenes, pero aunque así lo fuera, el Reglamento UE 2021/782 de Derechos de los Viajeros de Ferrocarril en la Unión Europea establece que se han de realizar dichas compensaciones por retrasos en los horarios de tren, independientemente de los motivos por los que se produjeran.
Sin otro particular, atentamente.
Luis.