Presento reclamación por la denegación de garantía de mi motocicleta KYMCO Sky Town 125, adquirida el 26/11/2025, con 3.245 km.
Se me ha informado verbalmente de que la garantía queda anulada “por kilometraje”, motivo que no figura como causa de anulación en las condiciones de garantía aportadas. La cláusula facilitada hace referencia a la primera revisión obligatoria a los 1.000 km o antes de 6 meses, pero no establece expresamente que toda avería quede excluida automáticamente ni justifica la denegación por kilometraje.
Asimismo, solicito justificación técnica por escrito de la relación causal entre la falta de realización de la primera revisión y la avería concreta detectada, consistente en pérdida de aceite, al considerar que podría tratarse de un defecto de origen independiente del mantenimiento.
Solicito:
Confirmación por escrito del motivo exacto de la denegación.
Diagnóstico técnico por escrito de la avería.
Revisión de la cobertura en garantía o, en su defecto, tramitación como gesto comercial.
El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto.
Quedo a la espera de su respuesta.