Hola María,
Tras el análisis técnico del siniestro, se constató que los daños por filtraciones de agua que afectaron a la vivienda inferior tienen origen anterior al 1 de septiembre de 2025, fecha en la que comenzó la vigencia de su póliza.
Como usted bien entenderá, no es objeto de cobertura por parte de la aseguradora asumir siniestros que se originan antes del inicio de la póliza, tal y como se esce en las Condiciones Generales del contrato. En concreto, se define que la cobertura aplica únicamente a hechos “súbitos, accidentales e imprevistos ocurridos dentro del período de vigencia de la póliza”.
Dado que el siniestro es previo a la contratación, se ha considerado que existe una anomalía en la vinculación del riesgo, motivo por el cual se procedió a la anulación de la póliza y a la tramitación de la devolución de la prima pagada.
Entendemos su frustración, especialmente por los problemas técnicos que experimentó durante la apertura del parte. Estamos trabajando para mejorar todos nuestros canales de atención, y valoramos que haya compartido su experiencia
Reciba un cordial saludo,
Tuio
tuio.com
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