**PEDIDO NO ENTREGADO, AUSENCIA DE RESPUESTA Y RECLAMACIÓN DEL DOBLE DEL IMPORTE ABONADO**
El 19 de agosto de 2026 realicé a través de la página web de Centro de Jardinería Kuka un pedido correspondiente a una Drácena Janet Craig, abonando íntegramente el importe (97, 47 €) mediante tarjeta Visa.
El pedido (referencia: NGYWBFWMY) fue aceptado y cobrado inmediatamente por la empresa.
El mismo día de la compra se me indicó via correo elctrónico que existía un problema de disponibilidad o falta de stock. Sin embargo, transcurridos más de 30 días naturales desde la celebración del contrato, el pedido no fue ejecutado ni entregado. Además, he comprobado en varias ocasiones que la misma planta que compré aparece "en stock", con precio fluctuante.
Ante esta situación me he dirigido en reiteradas ocasiones por escrito a Centro de Jardinería Kuka solicitando una solución.
El 9 de septiembre de 2026 remití una primera reclamación formal solicitando que se me confirmara una fecha cierta de expedición.
Ante la ausencia de respuesta, remití posteriormente un segundo requerimiento.
Transcurrido nuevamente el plazo concedido sin obtener respuesta ni recibir la mercancía, comuniqué formalmente a la empresa la resolución/cancelación del contrato y solicité la devolución íntegra de las cantidades abonadas.
A fecha de 3 de octubre de 2026:
- han transcurrido 45 días desde la realización y pago del pedido;
- el producto no ha sido entregado;
- no he recibido una solución efectiva por parte de la empresa;
- mis reiterados requerimientos escritos han quedado sin respuesta;
- no se ha efectuado el reembolso solicitado.
El artículo 109 del Real Decreto Legislativo 1/2007 establece que, salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar los pedidos a distancia sin demora indebida y, como máximo, dentro de los 30 días naturales siguientes a la celebración del contrato.
Asimismo, el artículo 110 del mismo texto legal establece que, en caso de no ejecución del contrato por falta de disponibilidad del bien, el consumidor deberá poder recuperar sin ninguna demora indebida las sumas abonadas.
El mismo artículo dispone expresamente que, en caso de retraso injustificado por parte del empresario respecto de la devolución de dichas cantidades, el consumidor podrá reclamar el doble del importe adeudado.
**SOLICITO:**
1. Que se tenga definitivamente por resuelto el contrato correspondiente al pedido efectuado el 19 de agosto de 2026.
2. Que Centro de Jardinería Kuka proceda al abono correspondiente conforme al artículo 110 del Real Decreto Legislativo 1/2007, por lo que reclamo **el doble del importe originalmente abonado**, ante el retraso injustificado en la devolución de las cantidades pagadas.
3. Que la empresa confirme por escrito la resolución de la operación y el abono correspondiente.
He conservado la confirmación del pedido, justificante del pago, comunicaciones mantenidas y sucesivos requerimientos remitidos a la empresa, documentación que acredita los hechos expuestos.
Ante la ausencia total de solución por parte del comercio, he iniciado asimismo la reclamación de la operación ante la entidad emisora de mi tarjeta Visa por mercancía no recibida.
Solicito una solución inmediata a esta reclamación.