Me dan largas con mails y no me hacen la factura correcta para poder pagar lo que realmente toca.
Naturaleza del problema:
OtroTu reclamación
E. E.
A: Octopus Energía
Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, En la factura, de la que adjunto copia, aparece un error en el periodo de cobro, ya que el periodo corresponde a 41 días y se me están cobrando 70. He escrito varios mail, pero parece ser que las personas que los leen no son capaces de entender algo tan fácil, como que se me está cobrando el mes de febrero y éste ya está pagado en la anterior factura.Solicito: adopten las medidas oportunas para que se proceda a las verificaciones necesarias a fin de corregir dicho error regularizando su importe con la siguiente factura o devolución de lo cobrado indebidamente, lo antes posible.Sin otro particular, atentamente. Mario
Mensajes (11)
Octopus Energía
A: E. E.
Buenos días,Disculpa, ya he visto a que te refieres. He revisado la lectura de la distribuidora y nos la han pasado así por lo que vamos a solicitarles rectificación. Estamos en contacto.Si tienes cualquier otra duda o consulta, no dudes en contactarnos a través de este mismo correo o llamando al . ¡Estaremos encantados de ayudarte!âš¡ï¸Con toda nuestra energía âš¡ï¸SaraOctopus Energy España 🙠On Mon, 22 Apr 2024 at 19:40,
Octopus Energía
A: E. E.
Buenas tardes,la factura es correcta, esta rectificando el periodo anterior ya que la lectura de febrero que nos enviaron era estimada.Si tienes cualquier duda puedes volver a contactar a través de este mismo correo o llamando al 900 759 190. ¡Estaremos encantados de atenderte!âš¡ï¸Con toda nuestra energía âš¡ï¸SaraOctopus Energy España 🙠On Mon, 22 Apr 2024 at 19:40,
E. E.
A: Octopus Energía
La factura no es correcta, ya que si miráis los consumos reales en vuestra página web, veréis que en este periodo de 41 días no he consumido esa cantidad de Kw. En vuestra propia lectura REAL diaria de Kw, no coincide, sobran unos 600Kw, que es lo que estáis facturando de más. También añadir que si os fijáis en los periodos facturados de la propia factura, NO COINCIDEN. En el primer tramo de la factura en potencia contratada efectivamente estáis cobrando un tramo de 41 días, pero en la misma factura, en energía consumida estáis facturando un periodo de 70 días. Así que el error es vuestro. El error está en la propia factura en los periodos de facturación que no coinciden. Tengo dos meses para devolver el recibo, si no se crea la factura correcta en breve, devolveré la factura. Gracias, un saludo. Mario.
Octopus Energía
A: E. E.
Buenas tardes,es una factura rectificativa por parte de la distribuidora, rectifica un periodo ya que se te facturó como estimado.Si tienes cualquier duda puedes volver a contactar a través de este mismo correo o llamando al 900 759 190. ¡Estaremos encantados de atenderte!âš¡ï¸Con toda nuestra energía âš¡ï¸SaraOctopus Energy España 🙠On Mon, 29 Apr 2024 at 08:47,
E. E.
A: Octopus Energía
Entiendo que sean lecturas estimadas, pero en la factura de febrero estimada hacéis la resta de 22.610 (estimada) menos 22.323 (anterior) con lo que la factura de febrero queda en 287Kw. Pero si te fijas, en la última, en vez de coger la última lectura estimada de 22.610 (vuestra estimada) para restarles 23.781 (de telegestión), lo que daría 1171 kw, volvéis a hacer la resta con la lectura anterior de marzo de 22.323. Deja de marearme porque es muy fácil. Me estáis cobrando dos veces los 287kw de la factura de febrero, una el mes que toca y otra en esta última, mira como bien dices en el apartado de lecturas y comprueba que las restas no están bien hechas. Vuelvo a repetirlo, es muy fácil de entender.
E. E.
A: Octopus Energía
Me he equivocado en este apartado... "volvéis a hacer la resta con la lectura anterior de marzo de 22.323"... Es febrero y no marzo.
Octopus Energía
A: E. E.
Buenas tardes,La última factura es una rectificativa del periodo comentado y se ha refacturado de nuevo de manera correcta.Se reclamó a la distribuidora y esta es la resolución:"Factura fiscal que reclama tipo G, regulariza la facturación anterior estimada, dejando la facturación con real de lector, en caso de que en los periodos anteriores se hubiera estimado por adelantado, este tipo de factura realiza los abonos correspondientes entre lo facturado entre estimadas y lo facturado entre reales. Facturando solo el consumo correcto que hubiera correspondido entre reales y realizando la diferencia de lo ya facturado con abonos en negativo."Para cualquier consulta, no dudes en contactarme )Saludos!Lydia AndrésOctopus Energy ðŸ™loveandpower â¤ï¸âš¡ï¸ On Wed, 01 May 2024 at 18:23,
E. E.
A: Octopus Energía
Esto me da la razón, ya que no podéis cobrar dos veces la misma estimada teniendo la última lectura real. Devuelvo la factura y procedo a pasar a mis abogados el lío que os estáis montando.
Octopus Energía
A: E. E.
Buenos díasDar respuesta de lo acontecido a la reclamación indicada en asunto:- La factura emitida con número 2024EK00222912 efectivamente es lectura estimada, lectura facturada 287kW. Recordar que es la distribuidora la responsable de remitir las lecturas del contador a la comercializadora según regulación vigente del sector eléctrico.- Recibimos factura regulatoria del periodo facturado y que se emite en fecha 19 de abril con número 2024EK00382716. Siendo la misma correcta.- El periodo facturado corresponde a 41 días de potencia es decir desde el 06 de marzo hasta el 15 de abril y correlativo al periodo anterior facturado en factura 2024EK00222912 y por tanto la potencia está correctamente facturada.- Respecto a la energía consumida al ser una regulatoria se factura desde el periodo al que regulariza según procedimientos escidos por la CNMC, y por tanto la lectura procede desde el 06 de febrero al ser estimada. - Las medidas reflejadas igualmente se regularizan con lectura real sustituyendo las medidas anteriores de la factura 2024EK00222912. Adjuntamos pantallazo:- Siendo la lectura a facturar 1458kW, y que como puede comprobarse en la energía activa facturada únicamente se han facturado 1171,04kW, adjuntamos pantallazo de la energía facturada. Y por tanto descontando la energía facturada previamente en la factura 2024EK00222912 de 287kW por lo que en ningún momento se ha cobrado doble dicho consumo. - El cliente podrá comprobar con la suma de la energía activa facturada en ambas facturas que es coherente con la energía indicada en el medidor de la factura regulatoria y es el consumo total a facturar, 1458kW. - Por lo que la facturación ha sido correcta y debe de abonarse en su totalidad. AtentamenteOctopus Energy El mar, 7 may 2024 a las 4:20, escribió:
E. E.
A: Octopus Energía
La resta no está bien hecha. Comprueben que me están cobrando la misma lectura anterior para la resta de dos periodos diferentes. No es complicado de entender. De todas maneras les adjunto una explicación más detallada, para un nivel de entendimiento de un niño de 7 años.Con toda mi luz y energía.
Octopus Energía
A: E. E.
Buenas tardesMatizar respecto a las nuevas argumentaciones.- Recalcar que la responsabilidad de realizar la lectura del contador corresponde a la distribuidora de la zona por lo que si la comercializadora, nosotros hemos facturado una lectura estimada es porque la distribuidora nos ha remitido una lectura estimada. - Igualmente detallar que cuando la distribuidora factura una lectura estimada y procede posteriormente a regularizar dicha factura, se ha de detallar la información reflejada en la factura siguiendo los procedimientos escidos en la CNMC. Comprendemos que la información puede ser confusa pero en todo momento la información es correcta y en base a la regulación vigente y que volvemos a detallar.- Factura número 2024EK00222912 con lectura estimada y periodo facturado 05-02-2024 a 05-03-2024 (29 días).Potencia facturada: 29 díasdel periodo estimado y coherente con la curva igualmente estimada: un total de 287kW coincidiendo la energía activa facturada con la curva.Otros conceptos: 29 días de bono social y alquiler de equiposFactura número Factura número 2024EK00382716 regulatoria: Una factura regulatoria factura el nuevo periodo de facturación consecutivo a la factura anterior y regulariza lecturas previas (Así como la medida) además de facturar la lectura del nuevo periodo y por ello la curva corresponde no a la potencia del nuevo periodo sino desde la lectura que regulariza por ser estimada en la factura anterior esto es desde el 05/02/2023.Potencia facturada: 41 días que corresponden al nuevo periodo de facturación y consecutiva con el periodo anterior según procedimientos escidos por la CNMCEnergía facturada: correspondiente a la curva que regulariza que no son los 41 días de facturación sino desde lectura 05/02 al ser la anterior estimada siguiendo procedimientos escidos por la CNMC. Total KW facturados 1171,04kW La medida de esta factura como hemos indicado también se ha de regularizar, y es en la factura regulatoria donde se pinta la lectura real desde la fecha a regularizar y por ello se refleja desde el 05/02 y la lectura desde coincide con la lectura estimada. En todo momento la información reflejada es en base a los procedimientos escidos por la CNMC.Como se puede apreciar esta lectura son 1458kW que no se han facturado en la energía activa puesto y solo se facturan 1171kW dado que se han descontado los 287kW ya facturados en la factura anterior. Otros conceptos: se facturan 41 días de bono social correspondientes al nuevo periodo y 70 días de alquiler de equipo porque como se observa se descuentan y abonan por la regulación los 29 días de la factura anterior por lo que se deben volver a facturar. - Si tenemos en cuenta el periodo completo de las dos facturas, es decir del 05/02/2023 al 15/04/2023 (lectura real) se debe de facturar lo siguiente:Total potencia: 70 días que se han facturado en las dos facturas (29 + 41 días).Total energía: 1458kW facturada en las dos facturas (1171kW + 287kW)Total bono social: 70 días que se han facturado en las dos facturas (29 + 41 días).Total alquiler de equipo: 70 dias (porque se descuentan los 29 de la primera factura)- Como indicamos las facturas son correctas y en base a regulación vigente en el mercado por lo que no procede mayor reclamación ni podemos facilitar otra solución que las explicaciones ya detalladas.Atentamente Octopus EnergyEl vie, 10 may 2024 a las 8:42, escribió:
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