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Mala comercialización, errores reconocidos y cero soluciones.

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M. Z.

A: INTEGRA ENERGIA. Integración Europea de Energía

23/01/2026

La contratación del suministro eléctrico con Integra Energía se realizó a través de una comercial en la feria demuestras de Gijón. Durante dicho proceso se ofreció verbalmente un precio aproximado de 0,06 €/kWh, sin explicar de forma clara ni comprensible que se trataba de una tarifa indexada (pool) ni el impacto económico real de los llamados “ajustes de mercado”. La contratación se efectuó con prisas y sin facilitar un contexto adecuado para revisar el contrato con detenimiento. Una vez iniciada la facturación, los importes resultaron muy superiores a lo esperado y difíciles de entender, llegando a pagar en un mes importes similares a los que antes se pagaba en dos, pese a la promesa de ahorro. Adicionalmente, la empresa cometió un error en la domiciliación bancaria, cargando facturas en una cuenta incorrecta pese a haberse indicado expresamente otra distinta. Como consecuencia de este error, se aplicaron varios gastos de devolución y recobro en múltiples facturas. Tras reclamar, la propia Integra Energía reconoció el error como imputable a su gestor y aceptó devolver dichos importes, lo que demuestra una gestión incorrecta en el proceso de contratación, ajuste que todavía estoy esperando. Sin embargo, al reclamar por el fondo del problema —mala comercialización, falta de información precontractual y discrepancia entre lo ofrecido y lo facturado— la empresa cerró la reclamación como no procedente, limitándose a indicar que el contrato estaba firmado y que existía un plazo de desistimiento de 14 días, sin analizar la información comercial previa ni el contexto real de la contratación. Desde entonces, la empresa ha mantenido una actitud dilatoria, abriendo y cerrando reclamaciones sin ofrecer una solución global, mientras continúa facturando bajo las mismas condiciones impugnadas. Se solicita la intervención de la OCU por considerar que existen prácticas comerciales poco transparentes, información precontractual insuficiente, errores reconocidos por la propia empresa y una falta de voluntad real para resolver el conflicto de forma justa, solicitando la cancelación del contrato sin penalización y la regularización de los importes cobrados.


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