Nos hemos dado de baja del servicio de la 2ª Vivienda POR UN MAL SERVICIO, después de 1 mes de servicio, se produjo una anomalía en la centralita y no hemos tenido ningún técnico atendiendo la avería.
Tras más de 14 sin servicio, decidimos iniciar los tramites de cancelación del servicio (ESTAMOS PAGANDO UN SERVICIO QUE NO ESTAMOS RECIBIENDO, ESTAMOS SIN ALARMA).
Cuando hemos recibido la confirmación de baja con fecha de 31 de Agosto nos envían una penalización de 300€, la cual nos resulta INADMISIBLE, no nos damos de baja por capricho, nos damos de baja por su incapacidad de proporcionarnos un servicio que pagamos.
Hemos procedido a darnos de baja también de la 1ª Vivienda
ADT no está respondiendo con calidad a sus clientes, tal y como mencionan en su mensaje de atencion al cliente: "elegido servicio de atencion al cliente del año..."
La clausula 5 del Contrato (5. OBLIGACIONES DE ADT) afirma:
5. OBLIGACIONES DE ADT. Además de otras recogidas en el Contrato:
- Realizar la instalación y la conexión de los sistemas de seguridad a la Central de Alarmas conforme a la normativa de seguridad privada y prestar los servicios contratados.
- Reparar las averías y problemas técnicos provocados por los sistemas de seguridad instalados, exceptuando el caso en que dichas averías provengan de la manipulación o uso indebido del sistema de seguridad por parte del Cliente, un tercero o en caso de incumplimiento de las instrucciones indicadas en el manual del producto y exclusiones del apartado anterior cuando el cliente no haya aceptado el presupuesto para realizar dichas intervenciones.