Llamadas a familiares y acoso
Naturaleza del problema:
FinanciaciónTu reclamación
C. S.
A: Hay Crédito
Buenas tardes,tengo un crédito con esta entidad,el cual por motivos personales no puede abonar de golpe y el 25/12 acordé un fraccionamiento del pago siendo atendida por la Srta Melani Piñeiro,y solicité que se dejase de acosar a llamadas a mi hermano,ya que no había fácitado su teléfono como número de contacto,llamadas que me negaban que se estuviesen realizando,pero por las cual les he presentado una reclamación ante la AEPD,como les presenté también una reclamación ante esta entidad,la Srta. Piñeiro dejó de contestar a los WhatsApp. El 19/01 volví a acordar nuevamente el fraccionamiento de pago,está vez con la Srta. Milagro( adjunto foto que después dicen que no es cierto), pues el tema,es que como te retases un día en el pago,ya están de vuelta poniendose en contacto con mi hermano,ahora le mandan mensajes,en vez de llamarle por teléfono y a mí me mandan mensajes amenazando con hacerme una visita al domicilio,la cual estoy esperando ansiosa para llamar a la Guardia Civil,porque esto es acoso puro y duro al estilo de la mafia,ah,y otra denuncia en la AEPD que les va a caer.
Mensajes (15)
Hay Crédito
A: C. S.
Estimado señor: HAY CRÉDITO, S.L.U. acusa recibo de su comunicación y considera necesario emitir la siguiente aclaración oficial. Efectivamente, entre las partes se abordaron condiciones para un pago fraccionado de la deuda. No obstante, el pago previsto en el calendario acordado no fue realizado dentro del plazo escido, por lo que el acuerdo de reestructuración no fue cumplido adecuadamente y sus condiciones han quedado sin efecto práctico. En consecuencia, las obligaciones derivadas del contrato de crédito permanecen vigentes y exigibles conforme a sus condiciones originales. La Compañía trata los datos personales exclusivamente dentro del marco escido por el Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR), la Ley Orgánica 3/2018 y demás normativa aplicable del Reino de España. El tratamiento de datos en el contexto de la formalización, gestión y seguimiento de la relación contractual, incluida la ejecución de las obligaciones derivadas del contrato, se basa en el artículo 6(1)(b) del GDPR, al ser necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte. En su caso, dicho tratamiento puede apoyarse igualmente en el artículo 6(1)(f) del GDPR, relativo al interés legítimo de la Compañía en la defensa de sus derechos y en la correcta gestión del cumplimiento contractual, respetando el equilibrio entre dichos intereses y los derechos y libertades del interesado. Toda interacción se lleva a cabo bajo los principios de licitud, minimización, proporcionalidad y confidencialidad. La Compañía no divulga información relativa a la existencia, naturaleza o condiciones de las obligaciones a terceros. Cualquier cesión o acceso a datos personales se realiza únicamente en los supuestos previstos por la ley y con las garantías adecuadas de protección de los derechos del interesado. HAY CRÉDITO, S.L.U. no emplea métodos ilícitos, coercitivos o intimidatorios, ni realiza actuaciones que puedan calificarse como acoso. La Compañía no practica visitas domiciliarias y limita su comunicación al suministro de información sobre el estado de las obligaciones contractuales y las vías legales para su regularización. La Compañía mantiene su disposición a un diálogo constructivo y a facilitar las aclaraciones que resulten necesarias. ср, 25 лют. 2026 р. о 15:00 reclamar@ocu.org пише:
C. S.
A: Hay Crédito
Madre mía las vueltas que le dan a la tortilla para no reconocer que lo que hacen es completamente ilegal,que no pueden llamar ni enviar mensajes a personas de las que no les hemos facilitado los datos y que una persona se retrase unos días en hacer un pago,no es excusa para que sigan infringiendo la ley vulnerando mi derecho a la intimidad y acosen a mis familiares con llamadas y mensajes,pero les repito,les he vuelto a presentar una reclamación en la AEPD,donde les he enviado todos los emails,llamadas y mensajes,tanto efectuadas a mí persona,como los efectuados a terceros de los cuales ni se les facilitó los datos,no se les autorizó a que los estén llamando y extorsionando de esta manera.
C. S.
A: Hay Crédito
Pero es que me están tomando el pelo ¿O que demonios es lo que les pasa a Uds.?¿Pero que clase de acoso es este con los pagos al día?En breve supongo que se lo enviarán a mi hermano también,que no se de dónde demonios han sacado su número,pero lo cosen a llamadas y mensajes
C. S.
A: Hay Crédito
Ah, y me quedan 3 plazos de 200€ por pagar,no 802,1€ ni 1314,65€,que yo también grabo las conversaciones.
Hay Crédito
A: C. S.
HAY CRÉDITO, S.L.U. ha revisado atentamente su mensaje. La compañía rechaza categóricamente cualquier práctica ilegal, incluidas amenazas, acoso o presión indebida. Las comunicaciones con los clientes se realizan exclusivamente con la finalidad legítima de gestionar la relación contractual y la regularización de obligaciones, dentro del marco de la legislación vigente y de los procedimientos internos de confidencialidad. La compañía no divulga a terceros información relativa a sus clientes, a las condiciones contractuales ni a la existencia o importe de deudas. Si usted o sus familiares están recibiendo llamadas o mensajes desde números desconocidos, es posible que se trate de terceros ajenos a HAY CRÉDITO, S.L.U. En tal caso, le recomendamos anotar los números, fechas y horas de contacto y, en la medida de lo posible, el contenido de las comunicaciones, a fin de poder realizar una verificación adecuada. Para analizar de forma concreta la situación y valorar una posible regularización en condiciones adecuadas, le rogamos que contacte directamente con la compañía a través de los canales oficiales de atención al cliente. Nuestros especialistas revisarán la información y le indicarán las opciones disponibles. El mar, 3 mar 2026 a la(s) 12:30 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
C. S.
A: Hay Crédito
No sé preocupen,que ya contacto nuevamente con la AEPD,porque Uds. lo único que saben hacer es mentir,mentir,mentir,acosar,acosar y acosar,pero la diferencia es que mientras Uds lo niegan,yo aporto pruebas,ahí lo dejo.
Hay Crédito
A: C. S.
Estimado/a señor/a: HAY CRÉDITO, S.L.U. confirma la recepción de su comunicación y toma nota de la información que ha expuesto. Respetamos su derecho a dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) o a cualquier otra autoridad competente. No obstante, la empresa rechaza las acusaciones formuladas por usted relativas a un supuesto “acoso” o a actuaciones indebidas. Las comunicaciones realizadas por HAY CRÉDITO, S.L.U. tienen como única finalidad la gestión de la relación contractual y/o la regularización de la deuda, y se llevan a cabo en estricto cumplimiento de la legislación vigente, en particular del Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR) y de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). El mar, 3 mar 2026 a la(s) 9:15 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
C. S.
A: Hay Crédito
Pues nada,suma y sigue,hace un rato acabáis de llamar a mi cuñada preguntando por mi diciendole que llamáis por un crédito que te gony que yo os he dado su número,no se de dónde sacáis los números,pero hasta aquí que hemos llegado,una sola llamada a un número que no sea mío y automáticamente ya pongo una denuncia en el juzgado,y sigan diciendo que no vulneran la protección de datos , y esto mismo va ahora a la AEPD.
C. S.
A: Hay Crédito
Y suma y sigue,después de hablar ayer con ellos por teléfono y después de hablar con ellos hoy por la mañana,ya que me volvieron a llamar reclamando de malas maneras un importe que no se corresponde y aún encima negando que se esté llamando a familiares míos y se esté divulgando información sobre mi situación financiera a terceros,como siempre, y como siempre,negando que les conste un acuerdo de pago fraccionado,menos mal que tengo guardadas las capturas de los WhatsApp,no vaya a ser que los borren,pues seguimos con los mensajitos amenazantes,esos que dicen que no realizan,¡pues denuncia al canto!,pero está vez en el juzgado directamente.
Hay Crédito
A: C. S.
HAY CRÉDITO, S.L.U. confirma la recepción de su comunicación y toma en consideración las observaciones formuladas en relación con las comunicaciones realizadas en el marco del contrato actualmente vigente, cuyo pago se efectúa mediante cuotas. En primer lugar, le informamos que la compañía realiza comunicaciones exclusivamente con el fin de administrar correctamente la relación contractual y gestionar los pagos derivados del contrato, conforme a la legislación aplicable y respetando los principios de licitud, proporcionalidad y minimización de datos. El tratamiento de datos personales se lleva a cabo sobre la base jurídica prevista en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 (GDPR) —en particular, la ejecución del contrato y/o el interés legítimo en la gestión de la deuda— y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Asimismo, las modalidades de interacción y los canales de comunicación se encuentran escidos en el contrato, especialmente en el apartado 12 de las Condiciones Generales. En relación con los contactos con terceros, la compañía no tiene como finalidad revelar información relativa a su deuda a terceras personas ni practica la comunicación del importe de la deuda ni de su situación como deudora a terceros. En caso de que resulte necesario escer contacto con el cliente, el contacto con terceros se limita exclusivamente a intentar localizar al cliente, sin revelar información financiera ni datos relativos a la deuda. Esta práctica también se encuentra reflejada en los criterios interpretativos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), según los cuales el contacto con familiares o conocidos solo puede realizarse con el objetivo de localizar al deudor, siempre que no se revele la existencia ni el importe de la deuda. Asimismo, cualquier tercero tiene derecho a solicitar que no se le vuelva a contactar. La compañía actúa en todo momento conforme a dichos criterios y a la normativa aplicable. El jue, 5 mar 2026 a la(s) 8:45 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
Hay Crédito
A: C. S.
La compañía no respalda ni utiliza amenazas, trato irrespetuoso ni ningún tipo de conducta intimidatoria. Las comunicaciones relativas a obligaciones contractuales vigentes se realizan exclusivamente con la finalidad legítima de administrar el contrato y gestionar los pagos, y deben llevarse a cabo de forma correcta y proporcional. En relación con sus observaciones sobre contactos con terceros y posible divulgación de información, la compañía cumple con la normativa de protección de datos personales (GDPR y Ley Orgánica 3/2018) y no revela información sobre deudas a terceros sin una base jurídica válida. Si un cliente comunica la existencia de contactos no deseados o solicita limitar determinados canales de comunicación, registramos dicha solicitud y la tenemos en cuenta en las comunicaciones posteriores dentro de los límites del contrato y de la legislación aplicable. Dado que en un entorno público no es posible tratar detalles de un contrato concreto ni datos personales, le recomendamos que se ponga en contacto con nosotros a través de los canales oficiales de atención, para que podamos verificar la información en su caso concreto (incluida cualquier posible acuerdo de pago fraccionado, si hubiera sido pactado) y ofrecerle una solución adecuada. HAY CRÉDITO, S.L.U. permanece abierta a resolver la situación de manera amistosa y dentro del marco legal aplicable. El vie, 6 mar 2026 a la(s) 12:01 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
C. S.
A: Hay Crédito
No sé preocupen,ya he procedido a presentar la debida reclamación,mejor dicho reclamaciones a la AEPD,les he remitido todos los emails,tanto los recibidos de su compañía como los enviados a la misma,las conversaciones de WhatsApp ma tenidas con sus trabajadoras,tanto con Melany Piñeiro,como con Milagros,donde consta el acuerdo de fraccionamiento con la primera y nuevamente el acuerdo de fraccionamiento con la segunda ,ya que negaban que el primero se hubiese producido, también he adjuntado las capturas de pantalla de todas las llamadas que su empresa me ha realizado,así como de los numerosos mensajes amenazantes que me envían prácticamente a diario, además he adjuntado las capturas de pantalla de las llamadas y mensajes que le envían a terceras personas,esas que niegan tanto realizar. Y por cierto, que como tengo la mala costumbre de no borrar nada,les he enviado todas las reclamaciones interpuestas ante esta entidad y las contestaciones de las mismas,es curioso que nieguen que existe dicho fraccionamiento,cuando tengo pruebas del mismo y de tener los pagos al día, y es ridículo que nieguen contactar con terceros,cuando al margen de las pruebas que aporto,tengo un email donde se comprometen a cesar las llamadas al número de mi hermano y proceder a darlo de baja de sus datos,ah,y les he mandado por email, desde mi cuenta de Gmail,ya que ahora me dicen por mensaje que tienen un problema interno y no reciben correos desde Hotmail,los justificantes de las reclamaciones presentadas,por acoso hacia mí persona y hacía terceros, divulgación de datos y omisión del deber de la confidencialidad,porque por mucho que lo nieguen,tanto a mí hermano como a mí cuñada les dijeron que me llamaban a sus teléfonos porque yo se los había facilitado (cosa que es falsa) y que querían hablar conmigo por una deuda con su empresa, y por reclamación indebida,ya que ni se asemeja el importe que tengo pendiente de amortizar (3 plazos de 200€) con las reclamaciones que me hacen por los mensajes, reclamaciones que están totalmente injustificadas,es más,hoy por la mañana volvieron a llamarme de malas maneras reclamando 785€ y que supuestamente llevaba 70 días de retraso y al poco rato me mandan un mensaje reclamando 1300€,vamos,que un puñetero cachondeo,llamarles,es perder el tiempo y la paciencia, siempre me dicen lo mismo,que van a pasar mi reclamación a la persona pertinente para que no se repita,pero cada vez vamos a peor,y eso pagando,no sé cómo sería si no lo estuviese haciendo,en fin, que como ya estoy cansada,solo decirles,aunque ya se lo informé a la persona que me llamó está mañana,que como vuelvan a llamar a cualquier número de teléfono del cual no soy titular,como vuelvan a llamar a terceros,como sigan difundiendo datos personales de mis finanzas y como sigan enviandome mensajes amenazando con presentarse en mi casa,en mi centro de trabajo,etc, o vuelvan a mandarle mensajes dirigidos a mí persona a teléfonos de terceros, procederé a presentar una denuncia directa en el juzgado aportando toda la documentación de la que dispongo,añadiendo copia de todas las reclamaciones presentadas,tanto ante esta entidad, como ante la AEPD,muchas gracias y buenas noches.
Hay Crédito
A: C. S.
HAY CRÉDITO, S.L.U. ha revisado su comentario y respeta el derecho de los clientes a dirigirse a los organismos competentes, incluida la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y en caso de recibir un requerimiento oficial colaborará dentro del procedimiento legalmente escido. Al mismo tiempo, le informamos que HAY CRÉDITO, S.L.U. actúa estrictamente dentro del marco de la legislación vigente y de las condiciones del contrato, cumple con la normativa de protección de datos personales y no tiene como finalidad divulgar información financiera a terceros. Las comunicaciones realizadas en el marco de la gestión de las obligaciones contractuales se llevan a cabo de forma correcta, proporcional y con el único objetivo de regularizar la situación. La compañía está dispuesta a verificar la información relativa a su caso, incluida la comprobación de un posible plan de pagos acordado, en caso de que exista, y a proporcionar una respuesta oficial por un canal privado. Le rogamos que se ponga en contacto con nosotros a través de los canales oficiales de atención para poder revisar los datos y gestionar la situación conforme al marco legal: Teléfono: 900 433 030 WhatsApp: +34 661 11 41 45+34 637 03 83 02 Gracias por su comunicación. Estamos interesados en una resolución constructiva de la situación. El vie, 6 mar 2026 a la(s) 9:15 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
C. S.
A: Hay Crédito
Y suma y sigue con los mensajitos amenazando con presentarse en mi casa grabando,lo cual estoy esperando ansiosamente,ya que como tengo instalada una mirilla digital yo si que lo voy a grabar,y seguimos con las reclamaciones que no se corresponden,de tres cuotas de 200€ que me quedan para terminar,los 600€ los convierten e 1300,900 o 800€ según tengan el día,es acojonante .
Hay Crédito
A: C. S.
Estimado cliente: Gracias por su comunicación. Hemos analizado detenidamente sus manifestaciones relativas a supuestas «amenazas de presentarse en su domicilio», así como sus observaciones sobre el importe de la deuda. Le informamos que HAY CRÉDITO, S.L.U. desarrolla su actividad exclusivamente dentro del marco de la legislación vigente en España y de conformidad con el contrato de crédito suscrito con usted. Todas las comunicaciones realizadas por la Compañía tienen como único objetivo la regularización de la deuda pendiente y el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por ambas partes. Asimismo, la Compañía no realiza ninguna actuación que vulnere derechos constitucionales, incluido el derecho a la inviolabilidad del domicilio reconocido en el artículo 18 de la Constitución Española. Igualmente, le recordamos que el procedimiento de comunicación con el cliente en caso de impago está expresamente previsto en el contrato. De acuerdo con las Condiciones Generales, en caso de incumplimiento de las obligaciones de pago, la Compañía puede enviar correos electrónicos, SMS, mensajes a través de mensajería instantánea y realizar llamadas telefónicas, habiendo prestado el prestatario su consentimiento previo e informado a dichas comunicaciones en el momento de solicitar el crédito, hasta el completo cumplimiento de las obligaciones. Esto se encuentra expresamente previsto en el apartado 12 de las Condiciones Generales. En relación con su afirmación sobre una supuesta modificación «arbitraria» del importe de la deuda, le informamos que la cuantía pendiente no se determina de forma discrecional, sino conforme al contrato vigente y, en su caso, a los acuerdos adicionales de reestructuración. De acuerdo con el artículo 1091 del Código Civil, las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes y deben cumplirse en los términos pactados. Asimismo, el artículo 1255 del Código Civil permite a las partes escer los pactos y condiciones que estimen convenientes dentro de los límites de la ley, la moral y el orden público. Debemos señalar además que entre usted y la Compañía se alcanzó efectivamente un acuerdo de reestructuración de la deuda: el día 20.01 usted se comprometió a realizar un primer pago de 435 €, y posteriormente pagos de 200 € el día 20 de cada mes. Sin embargo, el pago correspondiente al mes de febrero fue realizado el 26.02, es decir, fuera del plazo acordado, por lo que la reestructuración quedó automáticamente cancelada conforme a las condiciones contractuales. Según la cláusula 10.7 de las Condiciones Generales, el incumplimiento de cualquiera de los pagos previstos en el calendario de reestructuración determina la resolución de dicha reestructuración, la pérdida de sus efectos y la reactivación automática de las condiciones originales del contrato, pudiendo el acreedor recalcular la deuda incluyendo intereses, comisiones y penalizaciones conforme al contrato. No obstante el incumplimiento producido, la Compañía, actuando conforme a los principios de buena fe y lealtad contractual, ha vuelto a activar para usted la posibilidad de reestructuración. Sin embargo, le informamos de que el nuevo calendario acordado debe cumplirse estrictamente. Si el pago de 200 €, previsto para el día 20.03, no se realiza dentro del plazo escido, la reestructuración volverá a quedar sin efecto y la deuda será recalculada conforme a las condiciones del contrato original, con aplicación de los intereses, comisiones y consecuencias previstas para el caso de mora. Este mecanismo está expresamente previsto en el contrato y no constituye una modificación arbitraria, sino una consecuencia jurídica del incumplimiento del calendario de pagos acordado. Por todo lo anterior, no existen motivos para considerar que la Compañía actúe fuera del contrato o de la ley. Por el contrario, ha sido el incumplimiento del calendario de pagos por su parte lo que dio lugar a la cancelación de la reestructuración anterior y a la reactivación íntegra de las obligaciones contractuales. En la actualidad, la Compañía le ha concedido nuevamente la posibilidad de regularizar la deuda mediante reestructuración, posibilidad que se mantiene únicamente si se cumple estrictamente el calendario de pagos. Le rogamos que realice el próximo pago de 200 € no más tarde del día 20.03. En caso contrario, la Compañía se verá obligada a aplicar las medidas previstas en el contrato y en la legislación vigente para la reclamación de la deuda. El vie, 13 mar 2026 a la(s) 12:00 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
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