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Liquidación incorrecta renting con matrícula 8912LTW

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Facturación

Tu reclamación

J. S.

A: Ayvens Spain Mobility Solutions

30/06/2026

Estimados/as señores/as: Formulo reclamación contra Ayvens por la facturación y liquidación final del contrato de renting del vehículo matrícula 8912LTW, que continúa sin resolverse pese a más de seis meses de gestiones y que ha derivado en la reclamación de una supuesta deuda de 6,42 €, improcedente por basarse en una liquidación errónea. 1. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO El contrato finalizó en su fecha pactada, el 28 de noviembre de 2025. En ese momento el vehículo se encontraba en un taller y se me confirmó telefónicamente que, a partir de esa fecha, dejaba de estar bajo mi responsabilidad y que la recogida pasaba a ser responsabilidad exclusiva de Ayvens, sin que debiera realizar ninguna gestión adicional. 2. ORIGEN DEL CONFLICTO: FECHA DE DEVOLUCIÓN INCORRECTA Pese a ello, Ayvens toma como referencia para su liquidación una fecha de devolución del vehículo de 8 de enero de 2026, posterior en más de un mes a la finalización del contrato. Esa fecha nunca me ha sido comunicada por escrito ni figura en documentación a la que yo tenga acceso. El retraso en la recogida no es imputable a mi parte, sino a la propia empresa, que asumió dicha gestión. Finalizado el contrato en su fecha pactada, no existe base contractual para facturar mensualidades ni prorrateos posteriores; el riesgo del retraso en la recogida no puede trasladarse al cliente. 3. IMPORTES Y LIQUIDACIÓN a) Mensualidad de diciembre de 2025 (factura 251201184002592), 262,42 €, cargada el 02/12/2025. Se cobró por anticipado y corresponde a un periodo posterior a la finalización del contrato, por lo que debe devolverse. La propia empresa ha reconocido telefónicamente que procede su devolución, sin hacerla efectiva. b) Mensualidad de enero de 2026 (factura 260101184002285), 262,42 €, cargada el 05/01/2026 y devuelta por el banco con el motivo "OPERACIÓN NO AUTORIZADA". Pese a ello, la liquidación no refleja la devolución y mantiene un prorrateo de 61,23 € por 7 días de enero (1 al 8 de enero), calculado sobre la fecha que impugno. c) Ajuste de kilometraje a mi favor de 54,81 € (abono 260205951000066), no abonado correctamente. d) Como resultado, la empresa reclama una deuda de 6,42 €, que es exactamente la diferencia entre el prorrateo improcedente de enero (61,23 €) y el abono a mi favor (54,81 €). La deuda depende íntegramente de la fecha de devolución incorrecta: corregida ésta, el prorrateo desaparece y el abono de 54,81 € resulta íntegramente a mi favor. 4. GESTIONES Y FALTA DE RESPUESTA SOBRE EL FONDO - El 03/02/2026 solicité por escrito el cese de la facturación, la anulación de cualquier cargo posterior al 28/11/2025 y confirmación escrita de inexistencia de deuda. - El 12/02/2026 la empresa respondió reconociendo expresamente el abono a mi favor de 54,81 € e indicando que el pago de la diferencia de 6,42 € debía hacerse por transferencia bancaria, sin justificar la base contractual de las facturas posteriores a la finalización. - El 26/02/2026 impugné por escrito el cargo de 6,42 € y solicité expresamente (1) la fecha de finalización que consta en su sistema y (2) la base contractual de las facturas posteriores a dicha fecha. Estas cuestiones, que son el fondo del asunto, nunca han sido respondidas. - Después, la empresa se ha limitado a remitir nuevas facturas y abonos (16/04/2026) y a reclamar el pago, derivando el asunto a su Departamento de Cobros y Legal (11/05/2026), que insiste en la deuda sin aclarar nada. Pese a existir respuestas por correo, nunca se ha contestado la cuestión esencial y el expediente sigue sin resolución. Adicionalmente, dispongo de grabaciones telefónicas en las que la empresa reconoció que la recogida quedaba a su cargo tras la finalización y que existía un error en la fecha de su sistema, trasladado para su corrección sin que ésta se haya producido. 5. CARGOS NO CONSENTIDOS Y PRESIÓN DE COBRO Habiéndoseme indicado por escrito que el pago debía hacerse por transferencia, y tras manifestar yo por escrito que no aceptaba la liquidación por estar impugnada, la empresa giró sin mi consentimiento el cargo de 6,42 € el 26/02/2026, devuelto por el banco como "OPERACIÓN NO AUTORIZADA", y lo reintentó el 22/04/2026, de nuevo devuelto con idéntico motivo. El concepto de ambos cargos identifica su origen (prorrateo de la factura 260101184002285 por 61,23 € y abono 260205951000066), confirmando que la deuda deriva de la liquidación impugnada. Tras cada devolución recibí llamadas de presión de cobro, pese a tratarse de una liquidación rechazada por escrito que la propia empresa reconocía estar revisando. SOLICITO: - Que se tome como fecha de cierre del contrato la pactada: 28/11/2025. - Que se devuelva íntegramente la mensualidad de diciembre de 2025 (262,42 €). - Que se anule el prorrateo de enero de 2026 (61,23 €) y todo cargo posterior al 28/11/2025, respetando la devolución bancaria ya practicada. - Que se abone íntegramente el ajuste de kilometraje a mi favor (54,81 €). - Que se deje sin efecto la deuda de 6,42 €, por derivar de la fecha y el prorrateo improcedentes. - Que se reconozca la improcedencia de los cargos girados sin mi consentimiento y de sus reintentos, y que cese toda presión de cobro sobre una liquidación impugnada. - Que, de mantenerse la liquidación, se facilite desglose completo y justificación contractual de cada importe. - Que la resolución definitiva se comunique por escrito. Adjunto contrato, facturas, cargos y devoluciones bancarias y correspondencia con la empresa. Las grabaciones telefónicas quedan a disposición de quien proceda.


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