DATOS DE LA EMPRESA RECLAMADA
KIA IBERIA, S.L.
Y Taller Oficial KIA – Calle Santa Leonor nº 53, Madrid
EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS
Soy propietario del vehículo KIA STONIC matrícula 3648 LPN, adquirido dentro del periodo de garantía legal.
Desde aproximadamente marzo de 2025 el vehículo presenta un defecto grave y reiterado consistente en el bloqueo del embrague, que provoca la inmovilización total del vehículo, dejándolo inutilizable.
En marzo de 2025 el vehículo tuvo que ser retirado mediante grúa.
Desde entonces y hasta febrero de 2026 ha sido llevado al taller oficial KIA de Santa Leonor nº 53 (Madrid) en más de 15 ocasiones, constando múltiples citas y entradas en taller.
Pese a las reiteradas intervenciones:
El defecto persiste.
No se ha ofrecido solución técnica definitiva.
El vehículo ha permanecido largos periodos inmovilizado.
Se mantiene en situación de “diagnosis” sin resolución efectiva.
La reparación no se ha realizado en plazo razonable, ni ha sido eficaz, incumpliendo lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 (LGDCU) en materia de falta de conformidad.
PERJUICIOS SUFRIDOS
Como consecuencia de esta situación:
Pérdida de uso del vehículo durante aproximadamente 12 meses (inmovilizaciones recurrentes).
Valor estimado conservador: 10.950 €.
Gastos de grúa y desplazamientos alternativos: 300 € (mínimo).
Tiempo perdido en más de 15 asistencias al taller y gestiones derivadas: 750 €.
Total perjuicio económico estimado provisional: 12.000 €, sin perjuicio de ulterior acreditación.
SOLICITO
Que se inste a la empresa reclamada a:
Reparar de forma definitiva el vehículo en plazo inmediato, o
Sustituir el vehículo, o
Resolver el contrato con devolución de cantidades, según proceda.
Que se valore la responsabilidad por los daños económicos derivados de la falta de reparación eficaz.
Que el taller facilite:
Parte completo de diagnosis.
Historial íntegro de intervenciones realizadas.
DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA
Historial de citas y correos electrónicos.