Quisiera añadir una serie de circunstancias que considero esenciales para comprender correctamente mi reclamación frente a Securitas Direct (Verisure).
La contratación se realizó para la instalación de una alarma en un local en el que se desarrollaba una actividad comercial. Sin embargo, el contrato fue registrado como correspondiente a una vivienda, pese a que desde el principio se indicó que la instalación se realizaba en un negocio y que el inmueble no era propiedad de la persona contratante.
En ningún momento se solicitó contrato de arrendamiento ni documentación que acreditase la relación del contratante con el inmueble.
La instalación fue presupuestada y ABONADA ÍNTEFGRAMENTE en el momento de la contratación. Por ello, considero especialmente incomprensible que posteriormente se pretenda justificar una deuda superior a 1.000 euros vinculándola nuevamente a equipos o instalación que ya habían sido objeto de pago.
Además, durante el proceso de contratación no se me explicaron de forma clara y comprensible las condiciones relativas a permanencia, consecuencias económicas de una baja anticipada, pagos pendientes ni la existencia de una obligación económica de semejante importe en caso de cancelar el servicio.
El contrato se presentó para su firma en el propio momento de la instalación, cuando el técnico ya se encontraba realizando el trabajo. La contratación se produjo de forma apresurada, sin una explicación individualizada de las cláusulas que posteriormente la empresa pretende utilizar para justificar la deuda, y sin que existiera una oportunidad real y razonable de conocer el alcance económico de dichas condiciones antes de contratar.
Posteriormente solicité la baja del servicio y expliqué los motivos por los que necesitaba cancelarlo. Durante esa conversación se me indicó literalmente que la baja había sido "tramitada con éxito", por lo que entendí razonablemente que mi relación contractual había quedado finalizada.
Después de la baja recibí un nuevo cargo. Me puse nuevamente en contacto con Securitas Direct y se me indicó que probablemente se trataba de un error y que simplemente rechazara el recibo. Así lo hice siguiendo las indicaciones proporcionadas por la propia empresa.
Tras aquello no tuve conocimiento de ninguna otra incidencia relevante hasta julio de 2026, cuando se vuelve a contactar conmigo reclamándome una supuesta deuda superior a 1.000 euros, que no reconozco.
Considero especialmente importante que se solicite a Securitas Direct la conservación y aportación de las grabaciones de las conversaciones telefónicas mantenidas conmigo, ya que la propia empresa informa de que dichas llamadas son grabadas. En ellas debería poder comprobarse tanto la forma en que se gestionó la baja como las indicaciones que posteriormente recibí respecto al recibo que debía devolver.
También deseo dejar constancia del trato recibido por parte del despacho Lexer durante la reclamación de esta supuesta deuda. Al explicar la situación y solicitar que se comprobasen las conversaciones mantenidas con Securitas Direct, la persona que me atendió reaccionó riéndose y se limitó a manifestar que "el contrato hay que leerlo". Considero esta respuesta impropia ante una persona que precisamente está cuestionando si recibió información suficiente y transparente durante la contratación.
No niego haber firmado un contrato. Lo que cuestiono es que las condiciones económicas y de permanencia que ahora se invocan para reclamarme más de 1.000 euros para una istalacion de 1 hora me fueran explicadas de manera suficientemente clara antes de contratar, así como la contradicción existente entre la información que recibí posteriormente por teléfono y la deuda que ahora se pretende exigir.
Por todo ello, solicito la intervención de OCU para analizar la legalidad y exigibilidad de esta deuda y, en particular, las condiciones de contratación, la información precontractual proporcionada, la documentación relativa al pago inicial de la instalación, la grabación de la solicitud de baja y las conversaciones posteriores en las que se me indicó que rechazara el recibo.
Asimismo, manifiesto mi disposición a alcanzar una solución amistosa que permita cerrar definitivamente este conflicto y poner fin a las continuas reclamaciones, pero cualquier negociación que pueda mantener se realizará expresamente SIN RECONOCIMIENTO DE DEUDA y sin que pueda interpretarse como aceptación de la cantidad reclamada ni de su legitimidad.