Según el articulo artículo 20 de la Ley 50/1980 de la Ley del Contrato del Seguro hay unos plazos de indemnización. Esta ley dice que cuando una compañía no cumple con la obligación de pago y perjuicios conforme a la póliza suscrita, incurrirá en mora, lo que viene que ademas de la indemnización que corresponda, tendrá que abonar interés. Desde el día 19 de mayo del 2019 han transcurrido mas de 40 días y la cual esta aceptada. Con casi 30 años cumpliendo con mis deberes dentro de Divina Pastora espero por su parte que cumplan con sus obligaciones también para con sus clientes. ?Atentamente.