N/RFA RECLAMACION 01261885
Estimados Sres.:
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento para la Defensa del Cliente de NATIONALE NEDERLANDEN GENERALES y de acuerdo con la Ley 44/2002, de 22 de noviembre y demás normativa aplicable en materia de protección de la Clientela de Servicios financieros, se ha remitido a este Area de Atención de Reclamaciones su escrito en relación con la póliza “ HOGAR NARANJA “ 1002.100000173141, a nombre de DÑA.BEATRIZ MORA BARRANCO, al objeto de atenderles adecuadamente.
Tras intervenir un perito en el siniestro, nos reiteramos en su postura y les trasladamos lo que refiere:
“La ropa no se ve afectada al tratarse de agua limpia. No obstante, y sobre la posibilidad que se hubiera visto afectada, existen unos gastos de tintorería con un límite de hasta 300€ . Al haber tirado la ropa, no procede abono alguno”.
Asimismo, y dejando al margen que hay tintorerias especializadas que desodorizan prendas dañadas por agua, el pago que se le ha realizado a la asegurada es en base a lo que se ha podido acreditar.
El perito describe en su informe lo que la asegurada reclama:
10 toallas de baño (Se visualizan solo 3 en imágenes).
7 toallas de lavabo (Se visualizan 4).
2 pijamas de niño, 20 pares de medias (Calcedonia/Tropical), 10 pares de medias deportivas, 6 bragas y 6 picardías Hunke Moller (No se visualizan y no hay soportes de compra).
10 bragas marca Victoria Secret (No se visualizan y no hay soportesde compra).
10 bragas y 5 culotes marca Tezenis (No se visualizan y no hay soporte de compra)”.
Las fotografías de las prendas dañadas son las siguientes:
Tras lo anteriormente expuesto procedemos a informarles sobre los puntos de la reclamación:
Diconformidad con la indemnización en referencia a la ropa estropeada. No es procedente. Consideramos que el pago realizado se ajusta a los daños que han podido ser verificados y teniendo en cuenta tal y como dice el perito, se trata de agua limpia que no dañan las prendas. En cualquier caso, de haber podido justificar la cantidad de prendas que reclama, se habría podido aplicar la garantía de gastos de tintorería hasta el límite que esce la póliza de (300€).
Por nuestra parte, damos por finalizada la reclamación con la información facilitada.
No obstante, y en caso de discrepancia con la resolución, la siguiente instancia de reclamación donde deberán dirigirse es el Defensor del Asegurado, (D.A. Defensor,Calle Juan Camarillo, , 29- Edificio 2-4ª planta Izda. 28037 Madrid) , quien actuará como tercero independiente emitiendo un dictamen de la reclamación que tiene carácter vinculante para la Compañía Aseguradora.
Atentamente.
Servicio de Atención de Reclamaciones
NATIONALE-NEDERLANDEN GENERALES
Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.E