Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Granada al de Barcelona, que tenía su salida a las 9.40 horas del día 6 del mes de enero de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 11.10 horas del día 6. Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión, tarjeta de embarque Nº de pasajeros: 2 (una niña de 6 años y yo,) El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura :tickets de la comida, cancelación del alquiler de mi vehículo, del transporte del aeropuerto hasta el lugar de alojamiento... SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. El trato recibido fue lamentable , llevándonos hasta Málaga y viajar desde allí, retrasando la llegada más de 5h cuando la niebla ese día era previsible y luego escampó (no había necesidad de traslado), no nos ofrecieron ninguna botella de agua, ni comida ni siquiera tickets para comer co un anilande 6 años repito. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea