Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión (Vuelo FR9944) desde el aeropuerto de Tenerife Sur (TFS) al de Budapest (BUD), que tenía su salida a las 17:50 horas del día 14 del mes de Julio de 2025. Dicho vuelo sufrió numerosos retrasos hasta el punto de que habían pasado más de 10 horas desde su salida y no había llegado el avión que nos llevaría a Budapest. Ante ese panorama decidimos no volar y cancelar las vacaciones que teníamos contratadas. Adjunto los siguientes documentos: Correos con los comunicados de Ryanair y Reclamaciones
SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea