Presento reclamación formal contra Aplazame, S.L. (marca comercial de WiZink Bank, S.A.) por el mantenimiento indebido de un contrato de financiación vinculado tras el ejercicio del derecho de desistimiento dentro del plazo legal, así como por los intentos de cobro realizados durante la existencia de una controversia contractual activa y debidamente documentada.
1-Se suscribió con Aplazame un contrato de financiación vinculado a la adquisición de un curso de idiomas ofrecido por la academia What's Up Living English.
2-Con fecha 30 de marzo de 2026, dentro del plazo legal de 14 días naturales desde la formalización del contrato, se ejerció formalmente el derecho de desistimiento, mediante comunicación fehaciente a la empresa comercial, conservándose justificante acreditativo.
3-En ningún momento se hizo uso del servicio contratado ni se asistió a ninguna clase, concurriendo así todos los requisitos para la devolución íntegra conforme al propio clausulado contractual.
4-La empresa comercial ha rechazado indebidamente el desistimiento, manteniendo el contrato activo sin fundamento legal.
5-Como consecuencia de lo anterior, Aplazame mantiene activa la financiación vinculada y ha procedido, o ha intentado proceder, a realizar cargos, pese a la existencia de una controversia contractual clara y documentada derivada del ejercicio del derecho de desistimiento.
FUNDAMENTOS
-Derecho de desistimiento: artículos 68 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU). El desistimiento fue ejercido en tiempo y forma, sin necesidad de causa ni justificación.
-Contrato vinculado: artículo 29 de la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo. La ineficacia del contrato principal como consecuencia del desistimiento conlleva la resolución del contrato de financiación vinculado.
-Principio de buena fe contractual y protección del consumidor: la existencia de una controversia contractual activa exige la suspensión de los efectos económicos del contrato, evitando perjuicios indebidos al consumidor.
-Condiciones contractuales: el propio contrato prevé la devolución íntegra en caso de no inicio del servicio, supuesto plenamente aplicable al presente caso.
Se ha formulado reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente de WiZink Bank sin haber obtenido respuesta, motivo por el cual se eleva la presente reclamación.
SOLICITO
-La apertura inmediata de una incidencia formal sobre el caso
-La suspensión inmediata de cualquier cargo o intento de cobro asociado al contrato de financiación
-La cancelación del contrato de financiación vinculado
-Confirmación escrita de las medidas adoptadas
De no obtenerse respuesta satisfactoria, se procederá a presentar reclamación ante el Banco de España (Departamento de Conducta de Entidades) y ante los organismos de consumo competentes, reservándose el ejercicio de cuantas acciones legales pudieran corresponder.
Se dispone de la siguiente documentación acreditativa:
-Contrato de financiación
-Comunicación de desistimiento con justificante de envío
-Ausencia de respuesta del Servicio de Atención al Cliente de WiZink Bank