Tu reclamación
R. M.
A: KIA MOTORS IBERIA, SL
MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN Negativa de vehículo de sustitución, falta de solución de movilidad, demora injustificada en la reparación de avería en garantía y ausencia de compensación por daños y perjuicios. HECHOS Cumplimiento riguroso de mantenimiento: El vehículo Kia Niro HEV indicado fue adquirido en agosto de 2022 y ha pasado todas sus revisiones periódicas en concesionarios y talleres oficiales de la marca, siendo la última la correspondiente a los 75.000 km, realizada el pasado jueves 13 de agosto de 2026. Avería en garantía: El sábado 15 de agosto de 2026, el vehículo sufrió un fallo grave en el controlador de potencia DC asociado al sistema híbrido, impidiendo su funcionamiento en marcha atrás. Al tratarse de una avería propia del vehículo (no derivada de accidente, siniestro ni mal uso por parte del conductor), queda completamente cubierta por la garantía oficial del fabricante. Inmovilización del vehículo: El lunes 17 de agosto a las 8:30 h, el coche fue entregado en el taller oficial Kia de Valladolid. Tras la inspección realizada el martes 18 de agosto, la respuesta obtenida fue la siguiente: El coche no será evaluado ni reparado hasta el 2 de septiembre. La pieza de repuesto requerida puede tardar meses en llegar. Falta de soluciones de movilidad: Ante la previsión de una inmovilización prolongada (de 2 a 3 meses), solicité un vehículo de cortesía o de sustitución. El taller oficial declinó la petición y me remitió al servicio de atención al cliente de Kia España. Desatención y desamparo por parte de Kia España: Tras contactar directamente con Kia España, la marca se desligó del problema indicando que no disponen de vehículos de sustitución y remitiéndome nuevamente al taller. Tras insistir, Kia únicamente indicó que "trataría de hablar con el taller", rehusando ofrecer plazos de respuesta, compromiso de llamada posterior o garantía alguna de solución. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios): Los artículos 118 y siguientes contemplan el derecho del consumidor a la reparación del producto en garantía, la cual debe ser gratuita, llevada a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor. Daños y perjuicios por inmovilización: Una demora de meses por falta de estocaje de piezas de repuesto excede cualquier "plazo razonable", causando un perjuicio grave al cliente al privarle de su medio de transporte diario por una causa 100 % atribuible al fabricante. PETICIÓN Por todo lo expuesto, solicito formalmente mediante la intermediación de la OCU: Asignación inmediata de un vehículo de sustitución de categoría equivalente sin coste alguno durante todo el periodo que dure la reparación del vehículo. O, en su defecto, la asunción o reembolso de los costes de alquiler de un vehículo de características similares durante el tiempo en que el coche permanezca inmovilizado. Priorización y aceleración en el suministro del repuesto y en los trabajos de reparación en el taller oficial. Respuesta por escrito y con compromisos claros y tasados en el plazo máximo de 48 horas.
Mensajes (5)
KIA MOTORS IBERIA, SL
A: R. M.
Muy señores nuestros. Adjunta pueden encontrar la contestación del asunto de referencia. Sin otro particular, atentamente. E attcliente@kia.es C/ Anabel Segura 16 T 913 043 190 Alcobendas, 28108 www.kia.es España ____________ Respetemos el medio ambiente: Antes de imprimir este e-mail, piense bien si es necesario hacerlo. El medio ambiente es cosa de todos. Please, respect the environment: Think twice before printing this e-mail. Environmental protection is in our hands. Confidencialidad: La información contenida en este mensaje es confidencial y para uso exclusivo del destinatario. Si ha recibido este mensaje por error, le agradeceremos nos lo indique y proceda a su eliminación. Confidentiality: The information contained in this message is confidential and for the exclusive use of its addressee. If you have received this message in error, please notify us and delete it from your system. Política de privacidad de Kia Motors Iberia para el envío de emails y protección de datos El 18/08/2026 12:45 reclamar@ocu.org escribió:
R. M.
A: KIA MOTORS IBERIA, SL
Manifiesto mi absoluta disconformidad y rechazo a la respuesta emitida por Kia Iberia, S.L.U. el 19 de agosto de 2026 por los siguientes motivos: 1. Comunicaciones telefónicas y compromiso formal por escrito: Kia indica en su escrito que "el servicio de atención al cliente se pondrá en contacto directamente con el reclamante" (contacto que a fecha de hoy no se ha producido). Exijo que cualquier acuerdo, propuesta de solución, plazo de reparación o solución de movilidad acordada por teléfono sea remitida posteriormente por escrito (vía correo electrónico o a través de esta plataforma de la OCU) para que quede constancia formal y documental. 2. Sobre la no adhesión al Arbitraje de Consumo: Tomo nota de la información proporcionada respecto a que Kia Iberia no se encuentra adherida al sistema arbitral de consumo. Si bien es una decisión legalmente amparada por la voluntariedad del sistema, considero que declinar esta vía de mediación dificulta una resolución ágil y justa para un cliente que ha cumplido rigurosamente con todos los mantenimientos oficiales de la marca y habla de la ausencia total de compromiso con la atención al cliente y la buena fe comercial por parte de KIA, utilizando subterfugios legales para entorpecer la resolución del problema - causado únicamente o por su taller, o por el malfuncionamiento de su vehículo, y en ningún caso por una negligencia o mal uso del vehículo por parte del reclamante y propietario del mismo. 3. RATIFICACIÓN DE LAS PETICIONES: A la espera de que el departamento de atención al cliente contacte conmigo, la inmovilización del vehículo (con previsión de 2 a 3 meses) sigue generándome un perjuicio grave en mi día a día. Por ello, reitero formalmente mis peticiones: a) Asignación de un vehículo de sustitución de categoría equivalente sin coste durante el tiempo que dure la inmovilización. b) En su defecto, el compromiso de cobertura o reembolso de los costes de alquiler de un vehículo de sustitución mientras el mío permanezca en el taller. c) Confirmación por escrito del plazo estimado para la llegada de la pieza y la entrega del vehículo reparado. Quedando a la espera de su respuesta y solución, Raul
R. M.
A: KIA MOTORS IBERIA, SL
Se informa cordialmente que, pasadas 48 horas desde la notificación por escrito por parte de KIA Motors Iberia, SL, la parte reclamante aún no ha recibido ni una sola llamada telefónica ni ningún otro tipo de comunicación como KIA Motors Iberia, SL afirmaba que iba a realizar.
KIA MOTORS IBERIA, SL
A: R. M.
Muy señores nuestros. Adjunta facilitamos contestación a su requerimiento. Sin otro particular, atentamente. El 21/08/2026 13:15 reclamar@ocu.org escribió:
R. M.
A: KIA MOTORS IBERIA, SL
Estimado KIA MOTORS IBERIA, SL Se reitera una vez más que, lo menciona en su comunicación del pasado 19 de agosto de 2026 no ha sido cumplido por parte de la parte reclamada (KIA MOTORS IBERIA SL) y que, a la fecha tanto de su segunda comunicación (19 de Agosto de 2026), ni el taller autorizado por KIA MOTORS IBERIA SL me ha contacto por teléfono - lo mencionado en su comunicación es algo de lo que ya me informaron con anterioridad, motivo por el que se creo esta reclamación - ni tampoco lo ha hecho KIA MOTORS IBERIA SL, a quien contacté yo directamente sin que ofrecieran ninguna solución - en palabras textuales de su Jefa de Zona, Doña Ana, a la pregunta de "¿Qué ha cambiado con respecto a hace 30 minutos, cuando no había una solución?", su respuesta fue "Nada.". Por tal motivo, la reclamación sigue vigente, habiendo explicado a todas y cada una de las personas con las que he hablado a lo largo de estas semanas que el fallo del vehículo es posiblemente y probablemente debido al mantenimiento que tuvo el pasado 13 de agosto de 2026 y que por tanto, no puede ser evaluado como un vehículo más si no como una urgencia, causada única y exclusivamente (posible y probablemente) por el taller autorizado por KIA MOTORS IBERIA, SL, dejando al propietario del vehículo por causas posible y probablemente imputables al taller autorizado sin su medio de transporte. Por dichos motivos, y entendiendo que la postura de la parte reclamada es que "no es posible realizarlo debido a su carga de trabajo y en ese sentido, desde KIA, respaldamos su criterio de gestión", sumado a que no están dispuestos y/o capacitados a proporcionar un vehículo de sustitución, se EXIGE y SOLICITA compensación ecónomica por el problema e inconveniente personal y profesional que posiblemente y probablemente, un taller autorizado por KIA MOTORS IBERIA SL ha causado. En el supuesto de que KIA MOTORS IBERIA SL no accede y proponga una compensación económica adecuada al problema posible y probablemente causado por uno de sus talleres autorizados, la parte reclamante se reserva el derecho de escalar este tema por las vías administrativas y legales disponibles, con el objetivo de ser compensado económicamente al no ser posible ser compensado con una celeridad en el diagnóstico y reparación, ni tampoco en la restitución de los daños (vehículo de sustitución). Manteniendose la parte reclamante disponible para ser comunicada por medios escritos y telefónicos en los canales previamente mencionados, reciban un cordial saludo, Raul
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