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Incumplimiento Esencial de Contrato (Instalación Ilegalizable) y Resolución de Crédito Vinculado.

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Contrato

Tu reclamación

C. G.

A: Más Sol Energía

16/11/2025

El 05/05/2025 firmé un Contrato de Compraventa e Instalación de placas solares con MÁS SOL ENERGÍA 15, S.L., el cual estaba vinculado a un Contrato de Crédito al Consumo con FINLIGHT HOME, S.L.U. El objeto del contrato era una instalación apta para su uso, lo cual implicaba, necesariamente, que fuera legalizable. INCUMPLIMIENTO DEFINITIVO: El Ayuntamiento de Jerez (Urbanismo), en el marco del Expte. ADM-URB-DROVIV-2025/797, ha paralizado el expediente de legalización, constatando que la instalación no cumple con la normativa urbanística municipal (Art. 7.3.23 del PGOU). Específicamente, los paneles no son coplanares/acoplados, lo que hace su legalización técnica y legalmente imposible. La empresa MÁS SOL ENERGÍA 15, S.L. ha incumplido de manera esencial el contrato al entregar una obra viciada y no apta para su fin, que contraviene la ley. Este incumplimiento es causa de resolución contractual (Art. 1124 CC y Falta de Conformidad del bien).

Mensajes (6)

C. G.

A: Más Sol Energía

18/11/2025

Estimados sr, si no optengo respuesta pasare a denunciar en firme esto, adjunto los elementos por los que no estoy deacuerdo. Aqui tiene la razon, contrato incumplido y motivo

C. G.

A: Más Sol Energía

28/12/2025

Número de reclamación - 13813086 16/11/2025 El 05/05/2025 firmé un Contrato de Compraventa e Instalación de placas solares con MÁS SOL ENERGÍA 15, S.L., el cual estaba vinculado a un Contrato de Crédito al Consumo con FINLIGHT HOME, S.L.U. El objeto del contrato era una instalación apta para su uso, lo cual implicaba, necesariamente, que fuera legalizable. INCUMPLIMIENTO DEFINITIVO: El Ayuntamiento de Jerez (Urbanismo), en el marco del Expte. ADM-URB-DROVIV-2025/797, ha paralizado el expediente de legalización, constatando que la instalación no cumple con la normativa urbanística municipal (Art. 7.3.23 del PGOU). Específicamente, los paneles no son coplanares/acoplados, lo que hace su legalización técnica y legalmente imposible. La empresa MÁS SOL ENERGÍA 15, S.L. ha incumplido de manera esencial el contrato al entregar una obra viciada y no apta para su fin, que contraviene la ley. Este incumplimiento es causa de resolución contractual (Art. 1124 CC y Falta de Conformidad del bien).

C. G.

A: Más Sol Energía

19/01/2026

Sin ninguna respuesta y lo que es peor, sin ningún escrúpulo pese a incumplir sistemáticamente el contrato

C. G.

A: Más Sol Energía

02/02/2026

Hola alguna novedad

C. G.

A: Más Sol Energía

05/02/2026

Que ocurre no saben mi número,Estamos a dia 5 falta muy poco para la demanda.No será por no avisar

C. G.

A: Más Sol Energía

09/02/2026

Cuidado al financiar proyectos de energía solar con esta entidad si el instalador (en mi caso Más Sol Energía) comete errores técnicos. Me encuentro en una situación de total indefensión: la instalación realizada es ilegal según el Ayuntamiento de Jerez (Expte: ADM-URB-DROVIV-2025/797) por incumplir el PGOU local. ​A pesar de ser un crédito vinculado (regulado por el Art. 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo), la financiera continúa con el proceso de cobro de un servicio que no se puede legalizar y cuyo contrato principal ha sido resuelto por incumplimiento del proveedor. ​He tenido que iniciar reclamaciones ante la OMIC (Expediente 35-2026) para exigir la suspensión inmediata de las cuotas y la resolución del préstamo. Si financias con ellos, asegúrate de que la instalación esté 100% legalizada antes de que empiecen a pasar los recibos, ya que una vez iniciada la financiación, la respuesta ante problemas graves del instalador es, hasta ahora, inexistente."


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