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INCUMPLIMIENTO EN LA DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITO DE VEHÍCULO DE SUSCRIPCIÓN

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Problemas en el pago

Tu reclamación

R. D.

A: OK Mobility Rent a Car

16/04/2025

Por medio de la presente, formulo una reclamación pública y formal contra la empresa OK MOBILITY, en relación con el servicio de coche por suscripción contratado con dicha compañía, cuyo vehículo fue entregado correctamente el día 1 de marzo de 2025 y respecto del cual no he recibido aún la devolución del depósito económico que, según confirmación por escrito de la empresa, me corresponde íntegramente. A continuación, detallo los hechos: El coche de suscripción fue devuelto en plazo y forma el 01/03/2025. Recibí comunicación por correo electrónico de OK Mobility en la que se me confirmaba que todo estaba correcto y que se procedería a la devolución total del depósito. A fecha de hoy, han pasado 45 días naturales sin que se haya efectuado dicha devolución. He intentado en múltiples ocasiones resolver esta situación contactando con Atención al Cliente, siendo derivada de forma reiterada y sin solución efectiva: Desde el departamento de ventas me remiten a "suscripciones". Desde "suscripciones" me indican que envíe un formulario a atención al cliente. Desde Atención al Cliente me aseguran que, con el número de caso, me atenderán, pero luego se desdicen para volver a remitirme a suscripciones una vez más. He hablado con personas identificadas como Alina, Kenji, Nataly, otra Alina, y Daniela, sin que ninguno haya resuelto absolutamente nada. La única constante ha sido el desplazamiento circular de responsabilidad, la ausencia total de soluciones concretas y la falta de respeto al tiempo del cliente. Esta situación constituye, a mi juicio, una infracción grave de los derechos del consumidor, concretamente de los recogidos en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), que establece, entre otros principios: Artículo 8.1: "Los derechos de los consumidores y usuarios son irrenunciables." Artículo 110 del Código Civil: obligación de cumplimiento de los contratos y restitución en caso de resolución. Artículo 21.1 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información: prohibición de prácticas abusivas y derecho a una atención al cliente eficaz y accesible. Además, considero que la actuación de OK MOBILITY incurre en cláusulas abusivas por falta de información, opacidad en los procedimientos de devolución y falta de un canal efectivo de resolución de incidencias. Solicito por tanto: La devolución inmediata e íntegra del depósito retenido sin causa. Una disculpa formal por el trato recibido y el tiempo perdido por culpa de la desorganización de sus departamentos. Que se revisen y corrijan los procesos internos de atención al cliente, de forma que futuras personas consumidoras no sufran esta misma odisea kafkiana. De no recibir una solución en los próximos 5 días, procederé a presentar la correspondiente reclamación formal ante la Dirección General de Consumo, así como iniciar acciones por vía judicial o arbitral, conforme a la legislación vigente. Una empresa de movilidad no puede operar con semejante desprecio hacia sus clientes.


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