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Incumplimiento del plazo máximo de entrega del vehículo en el taller indicado.

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Ejecución del servicio

Tu reclamación

I. M.

A: Qualitas Auto

26/12/2025

Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes porque el día Viernes 12 de diciembre de 2025, mi coche se averió en Oviedo, lo recogió la grúa ese mismo día y yo fui trasladado a mi lugar de residencia mediante los servicios ofrecidos por dicha aseguradora, a día de hoy Viernes 26 de diciembre de 2025 mi coche no ha sido entregado en el taller seleccionado. En la póliza consta de tener un plazo máximo de entrega del vehículo de 7 días. He llamado por teléfono en múltiples ocasiones sin obtener soluciones , además de poner una reclamación por correo electrónico (Número de expediente de la reclamación: #23834) Solicito una solución y compensación, puesto que el coche asegurado es mi vehículo habitual y único, el cual necesito para desplazarme a mi lugar de trabajo, esta demora, de la cual no me dan explicación y simplemente me comentan que 'Es que no hay grúas' o 'En estas fechas es dificil' me está suponiendo inconvenientes. SOLICITO una compensación por una demora que supone negligencia por parte de la aseguradora, y si la demora persiste más de 7 días, un coche de sustitución sin fianza. Sin otro particular, atentamente. Ismael Maza García

Mensajes (1)

Asistencia solicitada 29 diciembre 2025

Qualitas Auto

A: I. M.

16/01/2026

Estimado Ismael, Acusamos recibo de la reclamación presentada ante este Servicio de Defensa del Cliente con número de referencia OCU nuestra referencia 23844. Le informamos que la reclamación con fecha de entrada 26/12/2025 ha sido estudiada y tramitada de conformidad con lo dispuesto en la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los Departamentos y Servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las Entidades Financieras, en concordancia con lo escido en la Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. Revisado el expediente, ha sido posible comprobar que este Servicio de Defensa del Cliente no puede admitir a trámite la reclamación. En este sentido, le informamos que es motivo de inadmisión el escrito presentando, de acuerdo con el artículo 12 de la Orden ECO/734/2004 de 11 de Marzo, apartado 2, que dispone expresamente“podrá rechazarse la admisión a trámite de las quejas y reclamaciones en los casos siguientes: (...) d) Cuando se formulen quejas o reclamaciones que reiteren otras anteriores resueltas, presentadas por el mismo cliente en relación a los mismos hechos.” Esta misma información se encuentra en el punto 2.5 del Reglamento del Servicio de Defensa del Cliente de Admiral Europe Compañía de Seguros, SAU (AECS). Le informamos que los hechos reclamados fueron resueltos por este Servicio de Defensa del Cliente mediante el expediente con número de referencia 23834, siendo remitida la respuesta a través del correo electrónico declarado en la póliza, en fecha 12/01/2026. En dicha resolución, se informaba que una vez revisado el escrito enviado, fue posible comprobar que los hechos reclamados se corresponden con la póliza de Asistencia en Viaje contratada con EA (Europ Assistance, S.A. Sucursal en España) no a esta entidad a la que se dirige (AECS); por tanto, en caso de persistir su disconformidad, para que el asunto planteado pueda ser atendido debe contactar de forma directa a EA. A continuación le facilitamos los datos de contacto de EA, para que pueda contactar con dicha Compañía ante cualquier consulta que desee realizar: Atención al Cliente de EA Postal: Paseo de la Castellana 130 2ª Planta 28046 - MADRID Mail: atencion_cliente@europ-assistance.es No obstante, dispone de un plazo de 10 días naturales para presentar alegaciones con apercibimiento de que si así no se realiza procederemos al archivo del expediente. Un cordial saludo. Servicio de Defensa del Cliente Admiral Europe Compañía de Seguros, S.A.U. _________________Admiral Europe Compañía de Seguros SAU (AECS SAU), inscrita en el Registro de entidades aseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con n.º de registro C0805. CIF: A87987822. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al folio 31, del Tomo 37.134 de la Sección 8, inscripción 1ª y domicilio social en C/ Rodríguez Marín 61, 1ª planta, 28016 Madrid. Tus datos son tratados por Admiral Europe Compañía de Seguros SAU para la gestión de la relación comercial y tu contrato de seguro. La base legal del tratamiento es la ejecución del contrato, sin embargo, en algunos casos, tus datos serán tratados para el cumplimiento de obligaciones legales o interés legítimo. Tus datos no serán comunicados a terceros salvo obligación legal y serán conservados durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad mencionada. Podrás ejercer tus derechos como interesado escribiéndonos a protecciondedatos@admiral.es . Para más información, consulte nuestra Política de disponible en nuestra web. 23844:1498965


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