Estimados/as señores/as:
Soy cliente de la Entidad, por un crédito vinculado a la instalación de unas placas solares que firmé el día 15 de julio de 2025.
Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles que con fecha 19 de mayo de 2026 les envié un burofax, que recibieron el día 20 de mayo de 2026 a las 09:21 de la mañana, en el que les informaba que la empresa Social Energy no había cumplido con la instalación, habían hecho caso omiso a mis reclamaciones, entre ellas una hecha a través de OCU, y que además la empresa había entrado en concurso de acreedores, por lo que no iban a proceder a la instalación de las placas. Les comuniqué que procediesen a la cancelación del préstamo y a la devolución de lo ya abonado, según lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 24 de junio, de contratos de créditos al consumo. Adjunté la documentación que exige la ley. Posteriormente envié varios correos adjuntando la misma documentación y otras que me pedían telefónicamente. El último el lunes 13 de julio de 2026 a la empresa B2 Impact, encargada de los cobros de Santander Consumer. A pesar de darme la razón telefónicamente, no cesan los correos, llamadas y SMS, exigiendo el pago, incluso amenazándome con llevarme a los tribunales
SOLICITO que procedan a la rescisión del contrato de crédito, procedan a la devolución de lo ya abonado y cesen las reclamaciones y amenazas.
Sin otro particular, atentamente.