En relación con la reclamación presentada por el cliente, manifestamos lo siguiente:
El pedido correspondiente al sofá Chaiselongue izquierda GRECIA, gris claro, ref. 109CL-GRECIA-IZQ-CRYSTAL 14, fue entregado al cliente el 24 de noviembre de 2025. Ese mismo día, el cliente nos remitió un correo electrónico en el que indicaba literalmente:
Buenas tardes, nos acaban de dejar lo que suponemos es el sofá que hemos comprado porque han dejado las cajas en el salón y se han ido corriendo... no nos han dejado ni albarán de entrega, ni factura ni nada... se han ido corriendo. Haremos un vídeo desembalado y si está con desperfectos o no es el sofá que hemos comprado ruego den las instrucciones para su devolución.
En respuesta a dicho correo, le indicamos que quedábamos a la espera de que revisara el producto una vez desembalado y nos confirmara si existía algún daño, desperfecto o cualquier otra incidencia, a fin de poder tramitarla de inmediato en caso de ser necesario. Sin embargo, el cliente no volvió a contactar con nosotros tras dicha comunicación, ni notificó la existencia de daños o falta de conformidad del producto, por lo que entendimos que, una vez revisado, el sofá había sido recibido en correcto estado y conforme con lo solicitado.
Posteriormente, el 29 de mayo de 2026, el cliente volvió a ponerse en contacto con nosotros comunicando la existencia de daños en uno de los módulos del sofá. Ese mismo día le respondimos solicitándole la documentación necesaria (fotografías y vídeo) para poder valorar la incidencia con el fabricante.
La documentación requerida no fue aportada hasta el 19 de junio de 2026. Tras su análisis, tanto las fotografías como el vídeo permiten apreciar que el daño consiste en la rotura de la estructura interna del módulo, siendo compatible con la acción de un golpe o un fuerte impacto externo que ha provocado el quebranto del armazón.
Por tanto, no nos encontramos ante un defecto de fabricación ni ante una falta de conformidad del producto existente en el momento de la entrega, sino ante un daño de origen externo producido con posterioridad. En consecuencia, dicha incidencia no queda amparada por la garantía legal, que únicamente cubre los defectos de fabricación o las faltas de conformidad del producto.
No obstante, y con el fin de ofrecer una solución al cliente, se le comunicó la posibilidad de solicitar al fabricante un presupuesto para el suministro de un nuevo armazón, opción que continúa a su disposición.
Sin otro particular,
ATRAPAmuebles