Tu reclamación
S. T.
A: BBVA
D.ª Salvador Trigueros Gimenez, mayor de edad, con DNI nº 22981627G, y domicilio en Rio Darro 122, 1-C, CP 30385, Playa Honda, Cartagena, correo electrónico:impactoespananoticias@gmail.com, Teléfono: 640820464, comparece y, como mejor proceda en Derecho, DICE Que mediante el presente escrito interpone DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL Y RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS contra BBVA, S.A., con domicilio social en Alameda De San Anton,34 Esq. Asdrubal. 30205, Cartagena, Murcia, en base a los siguientes HECHOS Primero. El demandante es titular de un plan de pensiones gestionado por BBVA, con un saldo aproximado de DOS MIL EUROS (2.000 €). Que según consta en nuestros registros, el contrato de FONDOS DE PENSIONES número 0182 3065-0800-00000007429588 Segundo. Hace aproximadamente siete meses solicitó el rescate del citado plan de pensiones, cumpliendo todos los requisitos exigidos tanto por la normativa aplicable como por las condiciones contractuales, por las declaraciones de Renta, como por enfermedad incapacitante, como por la ley de diez años del plan de pensiones. Entre la documentación presentada figuran, entre otros: Informes médicos acreditativos de la situación clínica incapacitante y crónica Documentación fiscal exigida. Cuatro últimas declaraciones de Renta Formularios de solicitud facilitados por la propia entidad. Firmados con la pequeña pantalla digital sin acceder a los documentos que firmaba, es decir, firmaba confiando en el buen hacer de ambos trabajadores del BBVA. Toda esta documentación fue entregada en varias ocasiones, siguiendo las instrucciones del personal de BBVA, tras la espera de ingreso durante semanas, después me decían que la documentación se había caducado y había que volver a firmarla. Tercero. Durante esos siete meses la entidad demandada ha mantenido una conducta reiterada de dilación injustificada, su propio director me ha pedido disculpas por el trato por parte del BBVA, AUNQUE EL MISMO NO HA CONTESTADO A CORREOS NI LLAMADAS TELEFONICAS DE MI PARTE, HACIENDOME IR FISICAMENTE A LA OFICINA EXPONIENDOME MI VIDA AL NO PODER LLEVAR EL RESPIRADOR QUE PRECISO TODO EL DIA. En numerosas ocasiones el director de la oficina, DAVID FRUTOS MOSTAZA, manifestó al demandante que el ingreso se efectuaría "en unos días", QUE YA ESTABA PENDIENTE DE CONTABILIZAR, extremo que nunca llegó a cumplirse. Transcurridas las semanas, el dinero no era abonado y, cuando el demandante acudía nuevamente a la oficina, se le indicaba que debía volver a firmar toda la documentación porque había caducado, circunstancia imputable exclusivamente a la propia entidad. NUNCA FACILITARON ENVIAR DOCUMENTACION POR CORREO PARA EVITAR TRASLADO A LA OFICINA DEL BBVA, SI NO ME PERSONABA NO CONTESTABAN A LOS CORREOS NI LLAMADAS. Esta situación se repitió sucesivamente durante aproximadamente siete meses. Cuarto. Asimismo, BBVA dejó de atender los correos electrónicos y llamadas telefónicas del demandante, obligándole a desplazarse personalmente en repetidas ocasiones para intentar obtener información sobre una solicitud que ya había sido presentada correctamente, EXPONIENDO GRAVEMENTE LA VIDA DEL CLIENTE AL NECESITAR OXIGENO PARA EVITAR LOS CIERRES DE TRAQUEA, ALGO QUE CONOCEN AMBOS TRABAJADORES DEL BBVA Quinto. En la última tramitación, una empleada de BBVA llamada ANA MORENO YELO informó al demandante de que volvería a tramitarse el rescate, esta vez aplicando la normativa que permite el rescate de planes de pensiones con una antigüedad superior a diez años. No obstante, lejos de abonarse el importe íntegro solicitado del dinero del cliente, BBVA únicamente ingresó TREINTA Y CINCO EUROS (35 €), dejando sin abonar aproximadamente MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS (1.965 €), sin explicación alguna y sin resolución motivada, PUES LA SOLICITUD ES LA DEL TOTAL QUE EXISTE EN EL PLAN DE PENSIONES, DINERO DEL CLIENTE. Sexto. El dinero solicitado tenía un destino estrictamente sanitario. El demandante necesita sufragar un tratamiento médico urgente que no está cubierto por la Seguridad Social y que resulta necesario para evitar nuevos episodios de cierre de tráquea CONTINUOS, teniendo que inyectarse Adrenalina, así como para tres empastes que no puede pagar por ingresos mínimos, teniendo que derretir plástico para tapar los agujeros y poder masticar y evitar fuertes dolores de dientes. Dicha patología supone un riesgo vital objetivo, pudiendo producir asfixia y muerte súbita. El demandante ha sufrido ya varios episodios extremadamente graves que han comprometido su vida, circunstancia acreditable mediante la correspondiente documentación médica. La actuación de BBVA ha impedido durante meses disponer de un dinero que pertenecía al propio demandante y que resultaba imprescindible para preservar su salud. Séptimo. La conducta de la entidad constituye un claro incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato del plan de pensiones y vulnera igualmente el principio de buena fe contractual, ocasionando importantes perjuicios económicos, personales y morales QUE AHORA EXIGIMOS AL BBVA, NO SOLO LA CANTIDAD EXISTENTE, SI NO LA CUANTIA DE 50.000 EUROS POR LOS DAÑOS OCASIONADOS. FUNDAMENTOS DE DERECHO I. Jurisdicción y competencia. Corresponde el conocimiento del presente procedimiento a los Juzgados de Primera Instancia conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial y a la Ley de Enjuiciamiento Civil. II. Legitimación. Activa corresponde al demandante como titular del plan de pensiones. Pasiva corresponde a BBVA, S.A., como entidad responsable de la gestión y tramitación del rescate. III. Fondo del asunto. Resultan de aplicación los artículos 1091, 1101, 1106, 1107, 1256 y 1258 del Código Civil, relativos al cumplimiento de las obligaciones, responsabilidad por incumplimiento contractual, indemnización de daños y perjuicios y buena fe contractual. Asimismo, resulta aplicable la normativa reguladora de los planes y fondos de pensiones y la normativa de protección de consumidores y usuarios, en cuanto impone a las entidades financieras el deber de actuar con diligencia, transparencia y respeto a los derechos de sus clientes. SUPLICO AL JUZGADO Que dicte sentencia por la que: 1.º Declare que BBVA ha incumplido las obligaciones derivadas del contrato del plan de pensiones. 2.º Condene a BBVA a abonar inmediatamente el importe íntegro pendiente del rescate del plan de pensiones, aproximadamente 1.965 euros, o la cantidad exacta que resulte acreditada. 3.º Condene a BBVA al pago de los intereses legales desde la fecha en que debió efectuarse el rescate, Y UNA INDEMNIZACION DE 50.000 EUROS. 4.º Condene a BBVA a indemnizar al demandante por los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia del retraso injustificado, incluidos los daños morales derivados de la angustia, incertidumbre y riesgo para su salud ocasionados por la imposibilidad de acceder al tratamiento médico. 5.º Condene igualmente a la demandada al pago de las costas del procedimiento. Es Justicia que pido en Cartagena, a 08/07/2026. Salvador Trigueros
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BBVA
A: S. T.
Estimado/a OCU: Le informamos que la dirección de correo electrónico desde la que nos envía su comunicación no figura como validada en nuestra base de datos. A los efectos de acreditar su identidad, le rogamos que proceda de alguna de las siguientes maneras: Remita de nuevo su comunicación a través de una dirección de correo electrónico validada. Puede usted consultar la dirección de correo electrónico que figura en nuestra base de datos o validar una nueva a través de su área personal de cliente, o acudiendo a cualquiera de las sucursales de nuestra red de oficinas. Para realizar esta validación, acceda a su banca online: - En app: En la parte superior derecha, pulse el icono Menú Perfil Correo electrónico Modificar. - En bbva.es : En Posición global, pulse Mi perfil Datos personales y configuración Email Modificar. Una vez dado de alta, se le envía un correo para que lo valide. También podrá remitir una carta dirigida al Servicio de Atención al Cliente del Grupo BBVA, Apartado de Correos 1598, 28080 de Madrid. Además, el artículo 13.2 del Reglamento para la Defensa del Cliente en España del Grupo BBVA, aprobado por el Consejo de Administración de BBVA, y disponible en la página web de la Entidad, esce la forma, lugar y plazo de presentación de las quejas y reclamaciones y en concreto exige la identificación y firma de los titulares, y en su caso, de la persona que los representa, debidamente acreditada. Por lo tanto, para atender su solicitud también deberá remitirnos la documentación que acredite la representación de MERCEDES FERNANDEZ ALARCON, en el caso de que Ud. no figure en nuestra base de datos como apoderado/a de la citada cliente o no lo aporte en su comunicación. Quedamos a la espera de sus noticias y aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo. Por favor, no responda a este correo electrónico, ya que es un mensaje automático que no admite respuesta. Si necesita ponerse en contacto con nosotros, le recomendamos utilizar los formularios disponibles para clientes particulares (personas físicas) en nuestra web BBVA.es, diseñados para gestionar sus consultas, sugerencias o reclamaciones. Para acceder a ellos, vaya a la página de inicio, seleccione 'Atención al Cliente' y elija la opción que mejor se adapte a su necesidad: 'Tengo una duda', 'Quiero proponer algo' o 'Tengo una reclamación. Cuando la reclamación se formule en representación de una persona jurídica, esta deberá remitirse a reclamacionessac@bbva.com desde la dirección de correo electrónico particular validada en BBVA del representante, quien tendrá que acreditar documentalmente la representación que le habilita para actuar en nombre de la entidad. Para cualquier consulta general que no constituya una reclamación, puede contactar con nosotros a través de la dirección consultasgenerales@bbva.com. Servicio de Atención al Cliente El vie, 14 ago 2026 a las 9:16, reclamar@ocu.org escribió:
S. T.
A: BBVA
VUELVEN A MENTIR, ESTA RECLAMACION ESTA HECHA CON EL CORREO VALIDADO, ESTA SEGUNDA RECLAMACION FUE PUESTA CON EL CORREO RECIEN CONFIRMADO DE NUEVO, LA HE HECHO PARA PROBAR QUE DICEN LO MISMO CON EL CORREO CORRECTO, PUEDEN VERIFICARLO CON LA PRIMERA RECLAMACION DE HACE DOS DIAS, USTEDES MISMOS SE HAN DELATADO, EL CORREO DE RECLAMACION ESTOY CANSADO DE ENVIARLO SIN RECIBIR RESPUESTA, LO MISMO QUE DURANTE OCHO MESES LLEVO LLENDO A LA ENTIDAD DE MANERA PRESENCIAL, Y ME HACEN FIRMAR PAPELES UNA Y OTRA VEZ PORQUE SU VERSION ES QUE SE CADUCAN LAS RECLAMACIONES. EL DINERO ES PARA UN TRATAMIENTO MEDICO URGENTE Y SIGUEN JUGANDO CON LA GENTE. SOLICITO SOLUCIONAR Y QUE ME DEPOSITEN MI DINERO EN CUENTA TAL Y COMO CUMPLO SEGUN CONTRATO FIRMADO CON BBVA
BBVA
A: S. T.
Estimado Sr. TRIGUEROS: Le informamos que hemos recibido su correo electrónico en el Servicio de Atención al Cliente de BBVA. Tras realizar las comprobaciones oportunas, observamos que la dirección de correo electrónico desde la que nos contacta no figura como validada en nuestra base de datos. Para poder proceder con la tramitación es imprescindible que la dirección de correo electrónico desde la que nos escriba desde su área personal, no solo esté registrada, sino que se encuentre validada en nuestra base de datos, pues es el único medio oficial que nos permite verificar su identidad. No podemos dar de alta ni tramitar ninguna petición recibida de un remitente no validado. Si desea validar su email puede hacerlo a través de los siguientes canales: - App BBVA: Menú Perfil Correo electrónico. - Web (bbva.es): Mi perfil Datos personales Email Modificar. - Cajeros BBVA: En cualquier terminal de nuestra red en España. - Oficinas: En cualquier sucursal de lunes a viernes (08:30 a 14:15h). En caso de necesitar asistencia para completar el trámite de validación de su email, nuestro servicio de atención telefónica está a su disposición en el 900 10 28 01 (+34 91 37473 68 desde el extranjero). Para procesar su petición, le rogamos que nos remita de nuevo su escrito (indicando nombre completo y DNI) a través de una de las siguientes vías oficiales: -Email validado: Envíe su petición a reclamacionessac@bbva.com desde la dirección de correo electrónico que haya validado en el banco. -Correo postal: En el supuesto de no poder enviar su reclamación desde una dirección de email validada en nuestra base de datos, puede remitir su carta a: Servicio de Atención al Cliente del Grupo BBVA, Apartado de Correos 1598, 28080 Madrid. Una vez recibamos su comunicación desde una de estas dos vías oficiales, procederemos a la apertura de su expediente y le informaremos del número de referencia asignado. Por favor, no responda a este correo electrónico, ya que es un mensaje automático que no admite respuesta. Si necesita ponerse en contacto con nosotros, le recomendamos utilizar los formularios disponibles para clientes particulares (personas físicas) en nuestra web BBVA.es, diseñados para gestionar sus consultas, sugerencias o reclamaciones. Para acceder a ellos, vaya a la página de inicio, seleccione 'Atención al Cliente' y elija la opción que mejor se adapte a su necesidad: 'Tengo una duda', 'Quiero proponer algo' o 'Tengo una reclamación. Cuando la reclamación se formule en representación de una persona jurídica, esta deberá remitirse a reclamacionessac@bbva.com desde la dirección de correo electrónico particular validada en BBVA del representante, quien tendrá que acreditar documentalmente la representación que le habilita para actuar en nombre de la entidad. Para cualquier consulta general que no constituya una reclamación, puede contactar con nosotros a través de la dirección consultasgenerales@bbva.com. Atentamente, Servicio de Atención al Cliente BBVA El sáb, 15 ago 2026 a las 8:30, reclamar@ocu.org escribió:
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