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INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

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Tu reclamación

P. G.

A: ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

27/01/2022

Según los contratos Nº: OI-0053749998 y Nº: OI-0053753825 firmados el 30 de noviembre de 2021, se expresan en las CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO ELÉCTRICO:Tarifa: Tempo 24 horas.Término de potencia punta 1,753775 [€/kW y mes] ó 0,058459 €/kw por dia.Término de potencia valle 1,753775 [€/kW y mes] ó 0,058459 €/kw por dia.Término de energía 0,099871 [€/kWh]El precio no se revisará en los próximos 5 años desde la fecha decontratación, exceptuando las variaciones por componentesregulados y actualizaciones del IPC.En la primera factura se indican otros precios diferentes de los firmados en tal contrato. Siendo estos aplicados para enero de 2022:Termino de Potencia valle 0,072991 Eur/kWTermino de Potencia punta 0,061637 Eur/kWTermino de Energia 0,130718 Eur/kWh Tales tarifas han sufrido un incremento de al menos un 30% No he recibido ninguna explicación al respecto, incluso he solicitado una consulta mediante mi area personal, solicitudes 132873689 y 132872108, estas automaticamente constan como RESUELTAS. RECLAMO, se respete el contrato firmado y se vuelva a facturar correctamente según las tarifas acordadas en las condiciones particulares y se proceda a la devolución de lo facturado de mas.Tampoco se me ha aplicado el Descuento Real Decreto-ley 17/2021 que creo me puede corresponder en tales periodos de facturación.

Mensajes (3)

P. G.

A: ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

14/02/2022

Buenas, actualmente constan varias consultas y reclamaciones abiertas (135893373, 133938961, 133938741, 132873689), alguna pendiente de respuesta y otras, aunque constan como resueltas no estoy conforme con la respuesta. Insisto en que la modificación de las condiciones pactadas en mis contratos no admite la subida de tarifas aplicadas desde el 1 de enero. Entiendo que se han vulnerados varios derechos que como consumidor tengo, como son: -Las personas consumidoras deberán ser avisadas de forma transparente y comprensible de cualquier intención de modificación de las condiciones del contrato e informadas del derecho a rescindir el contrato sin coste alguno cuando reciban el aviso.-Las personas consumidoras deberán ser notificadas de forma directa por su entidad suministradora sobre cualquier revisión de los precios derivada de las condiciones previstas con, al menos, 1 mes de antelación a su aplicación de forma transparente y comprensible.-Las comunicaciones de revisiones de precios deberán incluir una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión, así como una estimación del coste anual del suministro de dicha persona consumidora y su comparativa con el coste anual anterior.-Las empresas comercializadoras deberán publicar información transparente, comparable, adecuada y actualizada sobre los precios aplicables a todas las ofertas disponibles en cada momento y, en su caso, sobre las condiciones relacionadas con la terminación de los contratos, así como información sobre los servicios adicionales que exija su contratación.También entiendo que en el apartado 4 de las condiciones del contrato se establece la modificación de tarifas por variación en los “Cargos del sistema eléctrico” (peajes etc). Pero me deben de dar una explicación mucho más exacta para que tenga que admitir, sin mas, la subida de costes aplicada en mis tarifas, cuando en realidad el decreto al que se hace referencia es una rebaja en dichos costes. Los cargos que han sido recientemente aprobados mediante la Orden TED/1484/2021, de 28 de diciembre serán aplicables para todo el año 2022 y rebajan hasta aproximadamente un 33% sus importes respecto de los de abril de 2021. Es por lo que vuelvo a reclamar se respete el importe de las tarifas pactadas inicialmente, o apliquen correctamente tal decreto y REBAJEN las tarifas en virtud de la diminución de los "cargos del sistema electrico".Reclamo, la aplicacion hasta el 31 de diciembre de 2021 de los descuentos segun el Real Decreto–ley 17/2021. No aplicadas en mis facturas. Gracias

ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

A: P. G.

15/02/2022

Buenos días:Le informamos que le hemos enviado una respuesta con la resolución a la cuestión que nos había planteado.Le agradeceríamos que cuando reciba la respuesta cierre su reclamación en la presente plataforma.Para cualquier otra aclaración, puede contactar con nosotros a través de los canales de atención que Endesa Energía, SAU, pone a su disposición.Reciba un cordial saludo,Unidad Atención Reclamaciones[cid:image001.png@01D82275.13966110]Endesa es una empresa del Grupo EnelAvda. Vilanova, 12-14 Nap P1, 08018 BarcelonaC/ Ribera del Loira 60, 28042 MadridLe informamos que Endesa Energía tratará sus datos personales como, responsable del tratamiento, para la gestión de su reclamación. Si desea obtener más información, incluida la forma de ejercer sus derechos, puede consultar nuestra Política de Protección de Datos en www.endesaclientes.comroteccion-de-datos-endesa-energia. el: jueves, 27 de enero de 2022 10:34 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO - (CPTES01449807-45)

P. G.

A: ENDESA ENERGÍA, S.A.U.

15/02/2022

Buenas tardes, no me consta ninguna respuesta posterior a mi reclamación. Sean tan amables de volver a enviarla.En su respuesta espero sean más exactos en cuanto a la aplicación de la aplicación de la normativa y den alguna explicación por el cual la han aplicado sin ningún tipo de aviso ni razonamiento.


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