Estimados/as señores/as:
En agosto de 2025 formalicé la compra de un vehículo de ocasión Hyundai Tucson N Line (Matrícula 1989NCD) en el concesionario ALC Retail (Grupo Cobendai), sito en la calle Metalurgia nº 1 de Alcobendas. Los trámites fueron gestionados por el comercial D. César Alcántara.
Firmé el contrato de compraventa y el documento de autorización a la gestoría del concesionario para realizar el cambio de titularidad a mi nombre.
Cumpliendo con mis obligaciones, aboné en su totalidad el precio pactado de 31.690 € mediante tres transferencias bancarias a la cuenta de Cobendai.
El 21/08/2025 se me hizo entrega del vehículo junto con la ficha técnica, libro de mantenimiento sellado a mi nombre y el manual. No obstante, no se me entregó el permiso de circulación definitivo, sino un documento de "vehículo de cortesía". El comercial manifestó verbalmente y por escrito que el coche procedía de un renting interno por objetivos comerciales y que en 6 meses (febrero de 2026) la gestoría tramitaría el cambio de nombre definitivo.
Tras reiterados intentos de contacto en fechas 23/03/2026 y 06/05/2026 debido al retraso del trámite, el comercial ha cesado toda comunicación. He constatado presencialmente que las instalaciones de ALC Retail / Grupo Cobendai se encuentran cerradas definitivamente por una situación de insolvencia/preconcurso de acreedores, dejando el vehículo plenamente abonado sin transmitir legalmente su propiedad.
SOLICITO,
Se exija formalmente a la administración del Grupo Cobendai / ALC Retail la liberación inmediata de cualquier carga, reserva de dominio o deuda que pese sobre el vehículo matrícula 1989NCD, cambio de titularidad de vehículo y la entrega del permiso de circulación a nombre de la reclamante.
Se de traslado solidario e inmediato de esta reclamación a HYUNDAI MOTOR ESPAÑA S.L.U. como marca matriz reguladora de su red de concesionarios oficiales. Al tratarse de una compradora de buena fe que ha abonado el 100% del valor del vehículo a un distribuidor autorizado de su marca, Hyundai España debe intervenir de forma subsidiaria ante la financiera del grupo para liberar la eITV y facilitar el cambio de nombre en Tráfico, evitando el perjuicio patrimonial de un consumidor desprotegido ante la quiebra de su red comercial.
Sin otro particular, quedo a la espera de sus noticias, atentamente.