Contraté un servicio de renting para un vehículo de la marca Peugeot. Actualmente, el vehículo se encuentra inmovilizado en el taller asignado a la espera de ser reparado por un siniestro de chapa. La compañía de renting me envió una notificación por escrito asegurando que la peritación del vehículo estaba gestionada y se realizaría formalmente. Sin embargo, el propio taller me confirma que les es completamente imposible asignar un perito o tramitar la reparación debido a que en el sistema informático de la compañía el vehículo figura erróneamente como "sin asegurar".
Esta situación me está privando por completo del uso del vehículo debido a un error administrativo interno y exclusivo de la compañía de renting, mientras se me continúa exigiendo el pago íntegro de la cuota mensual contratada. Por todo ello, solicito la mediación de la OCU para exigir la resolución formal del contrato por incumplimiento contractual grave (según el Artículo 1124 del Código Civil) sin ningún tipo de penalización económica por cancelación anticipada, o bien, de manera subsidiaria, la paralización inmediata del cobro de las cuotas mensuales y la entrega urgente de un vehículo de sustitución de categoría equivalente.