Estimados señores,
Por medio de la presente, impugno formalmente el cobro de **344,96 €** relacionado con el contrato de alquiler nº **6042224786**, celebrado con Europcar en Barcelona.
El vehículo fue devuelto dentro del plazo acordado, con el depósito de combustible completamente lleno y en las mismas condiciones en las que fue recibido.
Como medida habitual de prevención y seguridad, acostumbro a registrar en vídeo tanto la recogida como la devolución de todos los vehículos que alquilo. En este caso procedí de la misma manera.
Como prueba inicial de los hechos expuestos, adjunto dos vídeos.
El primero muestra detalladamente el estado del vehículo en el momento de la recogida, permitiendo comprobar las condiciones en las que me fue entregado, incluidas las marcas de uso ya existentes.
El segundo registra el momento de la devolución del vehículo. Una vez finalizada la inspección realizada por una empleada de Europcar, le pregunté expresamente si todo estaba correcto, a lo que respondió afirmativamente. A continuación, le consulté sobre la fianza de **500 €**, informándome de que sería liberada íntegramente en un plazo aproximado de 48 horas.
Posteriormente comprobé que únicamente se había liberado una parte de la fianza y que el importe de **344,96 €** había sido cargado en mi tarjeta de crédito, sin comunicación previa, sin explicación y sin documentación que justificara dicho cargo.
Ante la absoluta falta de información, presenté una reclamación ante la entidad emisora de mi tarjeta para impugnar dicho cargo.
Tras dicha reclamación, comencé a recibir comunicaciones de Europcar reclamando el pago exactamente del mismo importe de **344,96 €**. Sin embargo, incluso en esas reclamaciones extrajudiciales, la empresa se ha limitado a exigir el pago sin identificar el hecho que supuestamente origina la deuda, sin indicar la cláusula contractual aplicable y sin aportar prueba alguna que permita conocer la naturaleza y legitimidad del cobro.
Hasta la fecha, Europcar no ha facilitado:
• cuál es el hecho concreto que origina el cargo;
• cuál es la cláusula contractual que supuestamente lo ampara;
• informe de inspección del vehículo;
• fotografías;
• vídeos;
• presupuesto de reparación;
• justificantes de gastos;
• factura desglosada;
• ni ningún otro documento que permita conocer cómo se ha calculado el importe de **344,96 €**.
Incluso en el supuesto de que Europcar alegara que cualquier incidencia hubiera sido detectada con posterioridad a la devolución del vehículo, ello no la exime de su obligación de informar inmediatamente al consumidor, conservar las pruebas, facilitar toda la documentación correspondiente y demostrar la relación existente entre el hecho alegado y el importe reclamado. Hasta la fecha, nada de ello ha ocurrido.
Los dos vídeos que acompaño constituyen únicamente una parte del material probatorio del que dispongo. Además de estos archivos, conservo otros elementos de prueba, incluidas grabaciones de audio y vídeo, que corroboran íntegramente los hechos expuestos y que podrán ser aportados en caso de resultar necesarios para la correcta tramitación de este procedimiento.
La actuación de Europcar resulta contraria a los principios de buena fe contractual, transparencia y deber de información previstos en el **Real Decreto Legislativo 1/2007**, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como a los principios recogidos en los artículos **7** y **1258** del Código Civil español.
La presente reclamación no pretende cuestionar la mera existencia de un cobro. Lo que se impugna es que Europcar exija el pago de una cantidad determinada sin identificar de forma clara y documental cuál es la obligación contractual presuntamente incumplida, cuál es el hecho que origina la reclamación y cuáles son las pruebas objetivas que sustentan dicha exigencia económica.
Por todo ello, solicito que Europcar:
1. Identifique de forma precisa y fundamentada el origen del cobro de **344,96 €**.
2. Indique expresamente la cláusula contractual en la que basa dicha reclamación.
3. Facilite toda la documentación que sustenta el cargo, incluyendo informes de inspección, fotografías, vídeos, presupuestos, facturas, registros internos y cualquier otro documento relacionado.
4. Explique por qué, tras la inspección realizada en el momento de la devolución, se me confirmó que todo estaba correcto y que la fianza sería liberada íntegramente en un plazo aproximado de 48 horas.
5. En caso de no poder acreditar documentalmente la legitimidad del cobro, proceda a la cancelación definitiva de dicha reclamación.
Finalmente, solicito que todas las comunicaciones relacionadas con esta reclamación se realicen exclusivamente por correo electrónico, a fin de que todas las actuaciones queden debidamente documentadas.
Quedo a la espera de una respuesta motivada, suficientemente fundamentada y acompañada de toda la documentación correspondiente.