Buenos días,Mediante el presente damos respuesta a la reclamación presentada por señor José María Egaña Iraolagoitia que en los sistemas de Virgin Telco (Euskaltel, S. A.) ha quedado registrada con el número FD69C7:Que, manifiesta su disconformidad con el procedimiento escido en baja, procedimiento que no resulta efectivo, e impidiendo ejecutar la baja de servicio de telefonía móvil nunca utilizada a fecha deseada, solicitando por ellos sea revisada la facturación.Que, en referencia a lo anteriormente expuesto y tal como manifiesta comprobado en factura el escaso uso de la línea (factura de septiembre registra consumo), este mercantil por deferencia comercial determina ajustar la cuota del mismo, devolución que recibirá mediante ingreso en cuenta en próximo ciclo de facturación, cabe señalar que la factura correspondiente a la mensualidad de noviembre consta rechazada, por lo que tras la gestión de factura rectificativa y también en próximo ciclo se procederá a cargar en cuenta bancaria la parte correcta de la factura, es decir, la diferencia entre ambas, al respecto de la factura correspondiente a la mensualidad de diciembre y en base a la fecha de baja (1 de diciembre del corriente) será regularizado en propia factura.Aprovechando la ocasión para trasladar nuestras disculpas por las molestias ocasionadas.Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos el archivo del expediente.AtentamenteDepartamento de Satisfacción al ClienteEl 22/12/2021 a las 11:52, escribió: