Expongo que contraté la suscripción a DAZN a través de la página web oficial de la empresa (contrato celebrado a distancia).
Desde el 20, de julio 2026, intento ejercer mi derecho a poner fin al contrato utilizando la misma vía, la web de DAZN, accediendo a “Mi cuenta” y a la sección de suscripción. Sin embargo, el procedimiento de baja resulta innecesariamente complejo y disuasorio: tras varios clics y desplegables se me obliga a pasar por un chat automatizado, recibir ofertas de retención y navegar por pantallas donde no aparece claramente un botón de cancelación, mientras se destaca la opción de mantener la suscripción.
Considero que esta práctica vulnera: El artículo 62.3 del Real Decreto Legislativo 1/2007, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece que el consumidor puede poner fin al contrato “en la misma forma en la que se celebró” y “sin obstáculos o cargas desproporcionadas”.
El artículo 25.2 de la Ley de Servicios Digitales, según el cual el procedimiento para terminar un servicio digital no puede ser más difícil que el de suscribirse.
Solicito: La cancelación inmediata de mi suscripción a DAZN sin penalización. La devolución de los cargos realizados después de la fecha en que empecé a solicitar la baja por la web.
Que se revisen los procesos de baja en la web de DAZN para que el usuario pueda cancelar por el mismo medio de contratación de forma sencilla y sin obstáculos desproporcionados, conforme a la normativa vigente.