Asunto: Retención ilegal de baja y reclamación de deuda indebida por retraso de 13 meses en preapertura de Synergym
Pongo en conocimiento público el abuso contractual que estoy sufriendo por parte de la empresa Synergym tras haberme apuntado a una fase de preapertura en la ciudad de Oviedo.
La empresa publicitó una apertura inminente y, sin embargo, la inauguración del centro deportivo se ha demorado un total de 13 meses sobre los plazos inicialmente previstos. Ante este retraso abusivo e injustificado, totalmente ajeno a mí, decidí resolver la relación contractual al amparo del artículo 1124 del Código Civil por incumplimiento esencial de la prestación del servicio.
Al intentar tramitar la baja de forma voluntaria, me encuentro con que los canales de la empresa se encuentran completamente cerrados. No disponen de correos electrónicos habilitados de atención al cliente y la única opción que ofrece su página web y su aplicación móvil se encuentra totalmente bloqueada. El sistema informático me impide tramitar la baja de manera unilateral alegando un supuesto "pago pendiente" de 18,06€.
Frente a la pretensión de la empresa de aplicar una condición general de su contrato que afirma que "el retraso en la apertura no exime del pago", quiero dejar constancia de que dicha cláusula es RADICALMENTE NULA Y ABUSIVA por generar un claro desequilibrio contractual, vulnerando flagrantemente los artículos 82, 85.3 y 87.1 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007). No existe obligación de abono por un servicio que jamás ha llegado a prestarse.
Asimismo, retener la baja de un usuario condicionándola al pago previo de una cantidad explícitamente impugnada constituye una infracción directa del artículo 62.3 de la citada Ley de Consumidores, que obliga a las empresas a permitir la baja en las mismas condiciones de facilidad que el alta.
Por medio de esta reclamación pública, exijo a la central de Synergym que proceda a:
1. Desbloquear mi expediente y tramitar de forma manual e inmediata mi BAJA DEFINITIVA en sus sistemas.
2. ANULAR en su totalidad la supuesta deuda reclamada de 18,06€ por tratarse de un cargo indebido.
3. Facilitar un canal de confirmación para dar el asunto por cerrado sin cargos.
Ya se ha procedido a ordenar el bloqueo absoluto de esta empresa en la entidad bancaria para evitar cargos, y se presentará la correspondiente denuncia ante la OMIC si persisten en el bloqueo informático de mis derechos.