Buenas tardes.
Tras la revisión del histórico en la ficha del cliente, se constata lo siguiente:
La instalación del servicio se realizó el 13/03/2024, con un compromiso de permanencia de 24 meses.
En enero de 2025, el cliente solicitó el traslado del servicio de alarma. No obstante, finalmente rechazó la intervención, manifestando suintención de continuar con el servicio debido a la permanencia vigente.
En marzo de 2025, el cliente volvió a solicitar la baja del servicio. En ese momento, se le informó que su contrato aún se encontraba dentro del periodo de permanencia, por lo que decidió mantener el servicio para evitar la penalización correspondiente.
Actualmente, el contrato se encuentra en estado de baja por impago, tras registrarse la falta de abono de las mensualidades correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2025, por un importe de 39,89 € cada una.
Como consecuencia de lo anterior, se procedió a la baja del servicio y a la aplicación de la penalización correspondiente al periodo de permanencia restante.
Cabe indicar que la información relativa al compromiso de permanencia y sus condiciones fue facilitada al cliente por el área comercial en el momento de la contratación. Asimismo, dicha información consta en el contrato remitido por correo electrónico para su firma, donde se especifica claramente la cláusula relativa a permanencia y posibles penalizaciones.
Para cualquier duda o consulta adicional estamos a su disposición.
Un saludo.
CONTACTO SICOR ALARMAS
contacto@sicoralarmas.com
T. 900 859 500
C/ Alfonso Gómez, 8
28037 Madrid
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