Buenos días, Mediante el presente damos respuesta por medio de OCU a expediente referencia CPTES01858966-58, presentada por la señora Ledicia Rodriguez Fernández que en los sistemas de Virgin Telco (Euskaltel, S. A.) ha quedado registrada con el número 14D41D6:Que, manifiesta que realizado el pago de la factura pendiente a fecha 11 de agosto de 2023, de la que aporta captura de imagen del movimiento bancario, con fecha del 21 de agosto del corriente tiene el servicio suspendido.Que, por parte de esta mercantil, y revisada la documentación por la reclamante presentada, y que refleja el estado de movimiento de la factura reclamada y de fecha 11 de agosto de 2023, acredita que en el momento de realizar la consulta esta se encuentra a fecha rechazada/devuelta. Que, la factura motivo de reclamación, consta abonada con fecha 21 de agosto del corriente, como puede comprobarse en la imagen que aportamos.Cabe señalar, que en el caso de impago tal y como consta en las condiciones generales de la contratación sitas en página web de este mercantil apartado10.2 IMPAGO, esce que la mercantil reclamada puede suspender el servicio, excluida la telefonía fija, al día siguiente en que se tenga confirmación del impago, en el caso que nos asiste, el bloqueo es aplicado a fecha 21 de agosto del corriente a las 11:40h, siendo rescido en el plazo escido una vez que se encuentra contabilizado, es decir el 21 de agosto de 2023 a las 15:58h.Para finalizar, hemos de confirmar a corriente el servicio se encuentra rescido.Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos el archivo del expediente.AtentamenteDepartamento de Satisfacción al Cliente