Contraté con SOLFY RENEWABLES, S.L. una instalación fotovoltaica para mi vivienda en Molina de Segura (Murcia), bajo la modalidad de proyecto “llave en mano”, incluyendo expresamente la solicitud del permiso de obra, pago de tasas, legalización de la instalación y solicitud de la bonificación del IBI.
Mi reclamación no se refiere al funcionamiento de las placas solares, sino a la gestión administrativa realizada por SOLFY y a la grave situación urbanística en la que se encuentra actualmente la instalación.
La primera tramitación urbanística se realizó en 2024, actuando SOLFY en mi representación ante el Ayuntamiento. Durante dicha tramitación, el Ayuntamiento efectuó un requerimiento de subsanación y el procedimiento terminó con una declaración de ineficacia.
Posteriormente, el Ayuntamiento de Molina de Segura inició un expediente de disciplina urbanística al comprobar que la instalación fotovoltaica había sido ejecutada sin disponer del correspondiente título habilitante municipal.
Resulta especialmente relevante que, inicialmente, se concedió un plazo de dos meses para solicitar la correspondiente licencia en caso de ser legalizables las obras. Sin embargo, el procedimiento continuó sin que se obtuviera el título habilitante dentro del plazo concedido.
Finalmente, mediante resolución municipal de octubre de 2025, se me impuso una sanción urbanística de 596,04 euros y, lo que considero mucho más preocupante, se adoptaron medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística.
Desde que tuve conocimiento de la gravedad de la situación he realizado numerosas gestiones con SOLFY mediante llamadas telefónicas y correos electrónicos, intentando conseguir que la empresa que asumió contractualmente la tramitación administrativa de mi instalación solucione definitivamente el problema.
Durante todo este tiempo he recibido reiteradamente explicaciones telefónicas indicando que el asunto estaba siendo gestionado por los departamentos correspondientes y que se estaban realizando actuaciones con el Ayuntamiento. Sin embargo, pese a mis reiteradas peticiones, SOLFY no me ha facilitado por escrito documentación suficiente que me permita comprobar qué actuaciones concretas está realizando para regularizar definitivamente la instalación.
La situación llegó al extremo de que, en agosto de 2026, ante la proximidad del vencimiento de la carta de pago de la sanción y sin que esta hubiese sido abonada, tuve que pagar personalmente los 596,04 euros para evitar posibles consecuencias adicionales.
Debo hacer constar que SOLFY posteriormente asumió esta cantidad y el 13 de agosto de 2026 me reintegró íntegramente los 596,04 euros. Por tanto, NO reclamo actualmente la devolución de esta sanción, puesto que dicho importe ya ha sido reembolsado.
Sin embargo, el reembolso de una sanción económica no soluciona el problema administrativo que dio origen a la misma ni la situación urbanística de la instalación.
Después del reintegro volví a requerir formalmente a SOLFY para que me indicase por escrito y acreditase documentalmente qué actuaciones había realizado para regularizar la instalación; qué escritos, solicitudes, declaraciones responsables, licencias, proyectos o subsanaciones había presentado ante el Ayuntamiento; sus fechas y justificantes de registro; cuál era la situación administrativa actual; qué actuaciones se estaban realizando respecto del restablecimiento de la legalidad urbanística; y cuáles eran los siguientes pasos hasta conseguir una solución definitiva.
A día de hoy, 14 de septiembre de 2026, sigo sin recibir una respuesta formal y completa a estas cuestiones ni documentación suficiente que acredite que el problema se encuentra solucionado.
La última información que recibí fue nuevamente de forma telefónica. Desde el departamento de Calidad de SOLFY se me indicó que tenían constancia de que el departamento correspondiente había contactado telefónicamente con el Ayuntamiento, pero que el propio Ayuntamiento había manifestado que determinada información no podía facilitarse telefónicamente.
Después de aquello tampoco se me ha comunicado documentalmente qué actuación formal se ha realizado, si se ha presentado algún escrito posterior, cuál ha sido la respuesta del Ayuntamiento o cuál es el procedimiento concreto que SOLFY está siguiendo para resolver definitivamente la situación.
A todo lo anterior se añade la problemática de la bonificación del IBI, cuya solicitud también estaba incluida expresamente entre los servicios contratados a SOLFY. Esta cuestión se ha visto afectada por la situación urbanística de la instalación, sin que hasta el momento haya recibido una solución definitiva ni una explicación documentada sobre cómo se resolverán los perjuicios económicos que, en su caso, se hayan producido.
Considero especialmente grave la falta de comunicación. No estoy solicitando simples actualizaciones comerciales, sino información sobre una instalación realizada en mi propia vivienda respecto de la cual existe un procedimiento municipal de disciplina urbanística y medidas de restablecimiento de la legalidad. Pese a ello, mis reiterados requerimientos de información y documentación siguen sin una respuesta formal suficiente.
Por todo ello, SOLICITO:
1. Que SOLFY adopte, a su cargo, todas las actuaciones técnicas, administrativas y jurídicas que legalmente procedan para conseguir la regularización definitiva de la instalación fotovoltaica, siempre que dicha regularización resulte legalmente posible.
2. Que me facilite por escrito copia y acreditación de todas las actuaciones realizadas ante el Ayuntamiento de Molina de Segura relacionadas con mi instalación, incluyendo escritos, solicitudes, declaraciones responsables, subsanaciones, proyectos o cualquier otra documentación presentada, junto con sus correspondientes fechas y justificantes o números de registro.
3. Que se me informe por escrito de la situación administrativa actual y de las actuaciones concretas pendientes hasta alcanzar una solución definitiva.
4. Que SOLFY adopte las actuaciones que legalmente procedan respecto de las medidas municipales de restablecimiento de la legalidad urbanística y me informe documentalmente de su situación actual.
5. Que se solucione definitivamente la situación de la bonificación del IBI cuya solicitud fue asumida por SOLFY y que la empresa asuma los perjuicios económicos que, en su caso, se acrediten como consecuencia directa de una gestión administrativa que le sea imputable.
6. Que SOLFY asuma cualquier coste adicional que se acredite como consecuencia directa de errores, omisiones o retrasos que le sean imputables en la tramitación administrativa contratada.
7. Que, atendiendo a la duración de esta situación, las numerosas gestiones que he tenido que realizar personalmente y la falta reiterada de respuestas escritas, SOLFY formule una propuesta razonable de compensación por las molestias y perjuicios ocasionados.
8. Que todas estas cuestiones sean contestadas FORMALMENTE Y POR ESCRITO, y no únicamente mediante comunicaciones telefónicas.
Mi intención no es obtener una ventaja económica injustificada ni reclamar nuevamente cantidades que ya han sido satisfechas. Lo que solicito es que SOLFY cumpla íntegramente con las obligaciones administrativas que asumió contractualmente, contribuya a solucionar definitivamente la situación generada y responda de aquellos perjuicios que, en su caso, se acrediten como consecuencia de una actuación que le sea imputable.
Después de todo el tiempo transcurrido considero razonable exigir una solución definitiva, documentada y verificable, y no nuevas manifestaciones genéricas indicando que el asunto se encuentra “en gestión”.