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Garantia EBIKE

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Garantía

Tu reclamación

B. L.

A: Bike Ocasion

21/03/2026

Estimados/as señores/as: En fecha 20/10/2025 adquirí en su página web el producto BH atom Adjunto los siguientes documentos: documentación , factura,reclamacion . comprobantes reparacion El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 24/11/2025 y 10/03/2026.y segun la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios (real decreto legislativo1/2007) al haberse manifestado este defecto en un periodoinferior a los 6 meses desde la entrega del producto se presume que el fallo es de origen, El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Se me ha informado que es imposible la reparación o la sustitución. Solicito por tanto la [elegir una opción: reducción del precio // resolución del contrato y reembolso.] Sin otro particular, atentamente.

Mensajes (2)

Bike Ocasion

A: B. L.

24/03/2026

Estimados Sres./Sras. de la OCU, En respuesta a la reclamación formulada con Ref. por su parte en representación del cliente Bartolomé López Blancas, en relación con la solicitud de cobertura de garantía sobre la bicicleta eléctrica BH AtomX Lynx 9.8, nos dirigimos a ustedes para exponer nuestra posición. Con carácter previo, deseamos hacer constar que esta empresa ha atendido debidamente la avería reportada por el cliente en noviembre del pasado año, asumiendo íntegramente los costes de dicha intervención en el marco de la garantía legal aplicable, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU). No obstante, en relación con la presente reclamación, y una vez remitido el motor de la bicicleta al fabricante oficial, BH Bikes, para su análisis técnico, dicho fabricante ha emitido un informe en el que concluye que los daños detectados son consecuencia directa de un mantenimiento inadecuado del producto por parte del usuario, y no de un defecto de fabricación o de conformidad del bien. En concreto, el informe técnico constata los siguientes daños: • Entrada de agua en el interior del motor. • Conectores con sulfatación avanzada. • Presencia de humedad en el interior del conjunto motor. Dichas circunstancias son incompatibles con el uso y mantenimiento ordinario que un consumidor razonablemente diligente debería dispensar al producto, conforme a las instrucciones del fabricante. En consecuencia, no procede la cobertura de garantía, al amparo del artículo 118 y concordantes del TRLGDCU, dado que el origen de la avería no deriva de una falta de conformidad del bien, sino del uso indebido del mismo. Se adjunta a la presente comunicación documentación fotográfica que acredita los daños descritos. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración adicional que estimen oportuna. Atentamente, Juan D. Carretero Bike Ocasion, S.L. Carrer de Solsona, 83, 08227, Terrassa Email: juan@bike-ocasion.com Web: www.bike-ocasion.com

B. L.

A: Bike Ocasion

24/03/2026

Estimados Sres. de Bike Ocasion, Me dirijo a ustedes en relación con la avería de mi bicicleta eléctrica BH AtomX Lynx 9.8, comprada el 20/10/2025, y su comunicación del 24/03/2026. Entiendo que, tras el análisis del fabricante, se atribuyen los daños a un "mantenimiento inadecuado del usuario". Sin embargo, quiero recordarles varios puntos clave amparados por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU), que ustedes mismos citan, y las condiciones de mi compra: * **Garantía legal y extendida:** Aunque mi ebike es "km0", cuenta con una garantía total de **dos años** (el mínimo legal para bienes de segunda mano más el año adicional que contraté con ustedes). Habiéndola comprado el 20/10/2025, mi garantía está vigente hasta el 20/10/2027. * **Presunción de conformidad:** Según la ley, durante los primeros meses desde la compra de un bien de segunda mano, se presume que cualquier falta de conformidad (defecto) ya existía en el momento de la entrega. Esto significa que **son ustedes quienes deben demostrar que el fallo se debe a un mal uso por mi parte**, y no a un defecto de origen o a una reparación anterior deficiente. * **Inconsistencia:** Es importante destacar que la primera avería, con los mismos síntomas ("entrada de agua en el interior del motor", "conectores con sulfatación avanzada", "presencia de humedad"), fue cubierta por la garantía. Resulta contradictorio que un problema idéntico ahora se considere "mal uso" del usuario. Esto sugiere que el problema podría ser un defecto persistente del producto o que la primera reparación no lo solucionó de forma definitiva. Por todo lo expuesto, y basándome en mis derechos como consumidor y en la garantía vigente, **les exijo la reparación de mi ebike bajo garantía o, en su defecto, la sustitución por una nueva**, ya que es la segunda vez que presenta el mismo fallo en un corto periodo de tiempo. Espero una pronta y satisfactoria solución. Atentamente, Bartolomé López blancas 665980663 toloxlblancas1970@gmail.com

Asistencia solicitada 07 abril 2026

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