Estimada Eva:
Nos ponemos en contacto con usted en relación con la incidencia comunicada sobre el sistema de embrague de su vehículo.
Tras analizar el informe técnico de nuestro taller y revisar la documentación de la compraventa, le informamos de que no es posible proceder con la reparación bajo la cobertura de garantía por los siguientes motivos:
Estado en el momento de la entrega: Según consta en el contrato de compraventa y en la certificación de revisión de 200 puntos firmada por usted, el vehículo se entregó con el embrague en condiciones óptimas de funcionamiento y sin defectos previos.
Naturaleza de la avería: El embrague es un componente sujeto a desgaste por uso. El diagnóstico técnico actual confirma que el estado del mismo es consecuencia directa de la utilización del vehículo y no de un defecto de fabricación o vicio oculto previo a la venta.
Exclusión de garantía: Le adjuntamos nuevamente el Libro de Garantías de su vehículo, donde podrá comprobar en el apartado de coberturas que los elementos de desgaste, como es el caso del embrague, quedan excluidos de la garantía comercial una vez que el vehículo ha sido entregado y utilizado.
Lamentamos los inconvenientes que esto le pueda causar, pero dadas las condiciones técnicas y contractuales, la reparación deberá ser asumida por el propietario.
Atentamente
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DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Ocasión Plus SL
Email:atencionalcliente@ocasionplus.com
En caso de no estar conforme con la contestación de la presente reclamación, en virtud de laLey 7/2017 yReal Decreto Legislativo 1/2007 le informamos de que esta mercantil está dispuesta a adherirse a arbitraje y/o a una entidad de resolución alternativa de litigios de consumo y a participar en el procedimiento ante una concreta entidad. No obstante, le recordamos que puede dirigirse a cualquiera de lasOficinas municipales de información al consumidor (s:cidoc.consumo.gob.es/directorio-mapas/oficinas-municipales-informacion-consumidor).
El lun, 23 feb 2026 a las 21:30,
reclamar@ocu.org escribió: