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Ganadores de sorteos NO publicados

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Naturaleza del problema:

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Tu reclamación

S. C.

A: LOWI

22/02/2026

Pregunté a Lowi por qué los ganadores de los sorteos que hacen periódicamente no se hace público. Su contestación es siempre la misma:" Política de empresa y protección de datos" Lo que yo sé es lo siguiente: por norma general, las empresas que organizan sorteos periódicos, especialmente en internet y redes sociales, están obligadas a anunciar públicamente los ganadores para garantizar la transparencia y la legalidad del proceso, aunque deben hacerlo respetando la normativa de protección de datos (RGPD). Aquí te detallo los aspectos clave: * Transparencia y Bases Legales: Es una práctica estándar y un requisito de transparencia comunicar los resultados claramente a través de los mismos medios utilizados para la promoción. * Protección de Datos (RGPD): Aunque SE DEBE anunciar al ganador, la empresa no debe publicar datos personales excesivos (como nombres completos junto con DNI o apellidos completos) que permitan una identificación directa sin justificación. Generalmente, se recomienda publicar el nombre de usuario de la red social, el nombre y la inicial del apellido, o anonimizar parte de la información. * Consentimiento: En las bases legales del sorteo, que el participante acepta al concursar, se debe incluir una cláusula donde se informe de que el nombre del ganador será publicado. Sorteos Profesionales (Ley del Juego): Si el sorteo es una promoción comercial (marketing), es necesario seguir las normas de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) en España, lo que refuerza la necesidad de un sorteo auditable y verificable. Consecuencias de no hacerlo: No anunciar al ganador puede interpretarse como falta de transparencia, lo que puede provocar reclamaciones de los participantes, daños en la reputación de la marca y posibles sanciones por parte de las autoridades de consumo o protección de datos. Pues eso reclamo: que haya transparencia y se anuncié los ganadores.. Su política de empresa no cumple con la dirección General de Ordenación del juego y deberían ser multados. Llevan muchos años haciéndolo así

Mensajes (3)

S. C.

A: LOWI

24/02/2026

No vais a contestar?

LOWI

A: S. C.

24/02/2026

Buenas tardes: Adjuntamos carta de respuesta a la reclamación número 14489927. Atentamente, Servicio de Atención al cliente

LOWI

A: S. C.

24/02/2026

Buenas tardes: Adjuntamos carta de respuesta a la reclamación número 14489927. Atentamente, Servicio de Atención al cliente


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