Financiación
Naturaleza del problema:
FinanciaciónTu reclamación
V. S.
A: Hay Crédito
Cometí el error de pedir a ésta empresa un microcrédito, falta de transparencia y usureros.Me otorgan un préstamo,la cantidad ingresada es menor y cual es mí sorpresa, que los intereses que me piden son de la cantidad que ofrecen pero no dan tener que pagar el doble.Especifico él caso,187 ofrecidos,150 ingresados y a devolver 305.Y él contrato llega posterior a la aceptación del mismo.Se tomarán medidas legales hacía ésta entidad por mí parte.Informo también que los contratos solo se pueden ver si un préstamo está vigente.Comunicarse con ellos es perder él tiempo ya que no contestan.Judicialmente tendrán que hacerlo
Mensajes (13)
Hay Crédito
A: V. S.
Estimado cliente: No hemos podido identificarle como cliente. Le rogamos que se ponga en contacto con nosotros a través del correo electrónico info@haycredito.es y nos facilite la información necesaria para poder identificarle y responder adecuadamente a su solicitud. Hazlo más formal y profesionalAñade una despedida corporativa El dom, 4 oct 2026 a la(s) 8:30 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
V. S.
A: Hay Crédito
Les he escrito hace unos días al cual no han contestado,les he vuelto a escribir por chat privado dando los datos solicitados y sin contestación,mandan directamente a la app y evidentemente no hay claridad en nada
V. S.
A: Hay Crédito
Dada su contestación a mí email,sin llegar a ningún acuerdo por si parte,la ley de la represión de usura 23 julio 1908,expresa claramente la protección ante intereses abusivos,lo cual es él caso de ésta entidad ya que su TAE supera muy por encima el legal y así lo han establecido varias sentencias en su contra, teniendo que pagar también las costas judiciales.Por falta de transparencia y contratos que tardíos.Dada su negativa a un acuerdo extrajudicial y actuando de mala fé,se emprenderán las acciones judiciales pertinentes . Así como también se indicarán todas las llamadas que han realizado en un sólo día sin llegar la fecha de pago ni haber ningún préstamo vigente
V. S.
A: Hay Crédito
Préstamo vigente no,disculpen,me expresé mal, préstamo sin abonar
V. S.
A: Hay Crédito
Adjunto archivo donde pone claramente el tipo de TAE que se considera usura.Un saludo
Hay Crédito
A: V. S.
Estimado cliente: Los correos electrónicos se gestionan por orden de recepción. Algunas solicitudes requieren un análisis más detallado, por lo que la respuesta puede tardar entre 1 y 2 días. No obstante, todas las solicitudes son debidamente revisadas y respondidas dentro de los plazos escidos por la legislación aplicable. Si ya ha enviado su solicitud, por favor, espere nuestra respuesta.
Hay Crédito
A: V. S.
Estimado cliente: Nos vemos obligados a reiterar que su solicitud no puede ser tramitada, ya que no ha sido posible identificarle como cliente. Le rogamos nuevamente que se ponga en contacto con nosotros a través del correo electrónico: info@haycredito.es El lun, 5 oct 2026 a la(s) 6:30 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
V. S.
A: Hay Crédito
Ya me he puesto en contacto con ustedes sin solución ninguna por su parte,añado documentación donde se ve claramente el importe que realmente ingresan y que piden el doble por el importe que ofrecen que no es el mismo
V. S.
A: Hay Crédito
Aquí tienen el importe que me piden y va subiendo cada día
V. S.
A: Hay Crédito
Aquí está la referencia, así creo que puedan identificarme y a ver cuál es la excusa que ponen ahora para justificar la subida del pago por una cantidad no dada
Hay Crédito
A: V. S.
Estimada Sra. Verónica Sánchez Rivaya: HAY CRÉDITO, S.L.U. ha examinado su comunicación. A fecha de hoy, el contrato de crédito n.º 252575 continúa vigente. De conformidad con sus Condiciones Particulares, el importe del crédito asciende a 187 euros, el plazo del crédito comprende desde el 14/09/2026 hasta el 13/10/2026 y el importe total a devolver pactado en el momento de la formalización del contrato asciende a 350,70 euros. El plazo para el cumplimiento de la obligación todavía no ha vencido y no existe retraso en el pago. Respecto de su reiterada afirmación sobre el carácter usurario del crédito, le informamos de que la posición de HAY CRÉDITO, S.L.U. permanece sin cambios. El artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios esce que el interés debe valorarse conforme a los criterios previstos en dicho precepto, entre ellos su relación con el interés normal del dinero y las circunstancias del caso concreto. Por su parte, la Ley 16/2011, de contratos de crédito al consumo, no esce un único valor numérico máximo de TAE cuya superación determine la nulidad de cualquier contrato de crédito al consumo. La Compañía tampoco comparte su afirmación relativa a una supuesta falta de transparencia en la formalización de los contratos. De conformidad con los artículos 10, 11 y 16 de la Ley 16/2011, antes de la formalización del contrato se facilita al consumidor información precontractual sobre las principales condiciones jurídicas y económicas del crédito, y las correspondientes condiciones contractuales se ponen en conocimiento del cliente antes de su aceptación. En cuanto a su referencia a resoluciones judiciales dictadas contra HAY CRÉDITO, S.L.U., en su comunicación no se identifican las resoluciones judiciales concretas a las que hace referencia, por lo que la Compañía no puede realizar una valoración específica de dichas alegaciones. En consecuencia, HAY CRÉDITO, S.L.U. no aprecia motivos para modificar la posición anteriormente comunicada respecto de la nulidad de los contratos de crédito alegada por usted y de la devolución de las cantidades abonadas en virtud de los mismos. No obstante, permanece abierta la posibilidad de examinar por vía extrajudicial cualquier reclamación debidamente formalizada relativa al contrato actualmente vigente. El mar, 6 oct 2026 a la(s) 2:02 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
V. S.
A: Hay Crédito
Él crédito no es de 187,lo prestado es 150 añadiendo a ésto que él contrato llega después y la cantidad ingresada, repito,es de 150.Se ha procedido hoy a enviar documentación al abogado y formalizar la reclamación vía judicial.Se pondrá en contacto con ustedes vía email con dicha información para seguir con procedimiento judicial.Un saludo
Hay Crédito
A: V. S.
Estimada Sra. Verónica Sánchez Rivaya: HAY CRÉDITO, S.L.U. confirma la recepción de su nueva comunicación relativa al contrato de crédito n.º 252575. En relación con su aclaración sobre el importe del crédito, le informamos de que los 150,00 euros corresponden al importe neto efectivamente transferido a su cuenta bancaria, mientras que, de conformidad con las Condiciones Particulares del contrato, el importe del crédito asciende a 187,00 euros. Por tanto, ambas cantidades representan conceptos contractuales diferentes y no son contradictorias entre sí. Esta distinción se ajusta a lo escido en las Condiciones Generales del contrato, que diferencian entre el Importe del Préstamo y el Importe Neto del Préstamo efectivamente transferido al prestatario, en particular en sus apartados 2.18, 2.19 y 2.22. Respecto a su afirmación sobre una fecha diferente de formalización del contrato, le indicamos que la posición de la Compañía se basa en la documentación contractual y en la información registrada durante el proceso de contratación del crédito. Si en la comunicación de su representante se aportan datos concretos o documentos que, a su juicio, acrediten una fecha de formalización distinta, estos serán examinados junto con los demás argumentos expuestos. Asimismo, hemos tomado en consideración su comunicación sobre la entrega de la documentación a su abogado. En caso de recibir una reclamación de su representante debidamente autorizado, HAY CRÉDITO, S.L.U. procederá a examinarla conforme al procedimiento escido y dará una respuesta motivada a las pretensiones formuladas. Hasta la recepción de dicha comunicación, la posición de HAY CRÉDITO, S.L.U., expresada en nuestra respuesta anterior, permanece sin cambios. El mié, 7 oct 2026 a la(s) 4:45 p.m., reclamar@ocu.org escribió:
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