El día 18 de mayo un técnico acudió a mi domicilio para revisar la instalación de fibra después de haber comunicado que venía teniendo problemas con ella. Tras la intervención, el servicio de fibra dejó de funcionar completamente. Se me informó de que sería necesaria una nueva instalación y se concertaron varias visitas técnicas que nunca llegaron a realizarse, dejándome durante aproximadamente un mes sin servicio de internet.
Durante ese tiempo seguí disponiendo únicamente del servicio de telefonía móvil, pero en ningún momento del servicio de fibra por el que se me ha facturado.
Ante la falta de solución, solicité la portabilidad a otra compañía alrededor del 19 de junio. Posteriormente también tuve que gestionar la baja de la fibra (la línea móvil ya había sido portada a otra compañía) y devolver el router, pese a las dificultades encontradas para tramitar dicha baja.
No me niego a abonar los importes correspondientes a los servicios que efectivamente recibí, en concreto la línea móvil. Sin embargo, considero improcedente el cobro íntegro de la factura al incluir un servicio de fibra que no fue prestado desde el 18 de mayo.
Solicito que se rectifique la factura, eliminando los importes correspondientes al servicio de fibra durante el periodo en que no estuvo operativo, que cese cualquier reclamación de la cantidad discutida mientras se resuelve esta reclamación y que se valore la compensación que corresponda por la interrupción del servicio y los perjuicios ocasionados.