Expongo:
1. Fui titular del contrato de suministro eléctrico nº 130074369883 con Endesa Energía.
2. En junio de 2025 presenté reclamación ante la empresa por la falta de emisión de facturas durante varios meses.
3. En febrero de 2026 Endesa emitió de golpe diversas facturas atrasadas, incluyendo periodos anteriores a 12 meses, y posteriormente he solicitado por escrito:
- La anulación de la factura correspondiente al periodo 12/09/2024–04/10/2024 (40,98 €), por superar el límite de 12 meses para rectificar consumos cuando el retraso es imputable a la comercializadora.
- Un plan de pago fraccionado razonable, ya que el importe acumulado es elevado y la situación deriva de la tardanza de la empresa en facturar.
4. La empresa ha tardado más de seis meses en resolver mi reclamación inicial y, pese a indicarme por escrito que, si contestaba en un plazo de 48 horas, continuarían la gestión, he respondido dentro de ese plazo (menos de 30min) y posteriormente me informan de que la consulta está “cerrada” y debo empezar de nuevo por correo genérico. Además, después de hacerlo, me contestan con un correo automático que no pueden atenderme.
5. Considero que esta actuación vulnera mis derechos como persona consumidora, tanto por la facturación atrasada de periodos que podrían no ser exigibles, como por la falta de respuesta adecuada, la negativa a ofrecer un fraccionamiento razonable, y la tardanza en su contestación (más de 6 meses).
Solicito:
1. Que se inste a Endesa Energía a:
- Confirmar por escrito la anulación de cualquier factura correspondiente a consumos anteriores a 12 meses desde su emisión.
- Ofrecer un plan de pago fraccionado proporcional y asumible para el resto del importe (conforme al art. 96.2 RD 1955/2000)
- Que se valoren, en su caso, las sanciones o medidas oportunas por los retrasos en la facturación y en la respuesta a mis reclamaciones (conforme al art. 103.2 RD 1955/2000)