Buenos días,Mediante el presente damos respuesta a OCU a expediente referencia CPTES01711841-82, presentada por señor Eugenio Santiago Ortiz que en los sistemas de Virgin Telco (Euskaltel, S. A.) ha quedado registrada con el número 13A8EB9:Que, manifiesta su disconformidad con la facturación emitida, en la que se refleja consumo móvil de carácter mensajería (SMS), que indica no haber realizado y del que solicita su regularización, añadiendo que realizada consulta sobre el hecho, ha sido informado de la posibilidad de que su móvil estuviera infectado siendo la facturación correcta.Que, en base a lo anteriormente expuesto, hay que confirmar que el consumo reclamado está correctamente registrado siendo su facturación correcta.En cumplimiento de la Orden IET/1090/2014, de 16 de junio que regula las garantías de calidad de la facturación de los operadores, dispone de un sistema global de aseguramiento de la calidad de la facturación (SGACF) según las normas de calidad al uso, que garantiza la exactitud de la facturación realizada a los clientes y que por supuesto, está auditado, tal y como lo acredita la Secretaría de Estado y Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETID).Que, si tal como manifiesta el consumo no es reconocido, indicar que terminal pueda encontrarse infectado, aconsejamos la instalación de anti-virus (existen varios de carácter gratuito), y proceder a la limpieza del terminal, cabe señalar, que actualmente en el mercado existen marcas de terminales que disponen de aplicaciones de mensajería de carácter gratuito, siempre y cuando el origen y destino sean la misma, como el caso de IPhone, pero siempre supeditadas a la tarifa contratada.Que, el servicio de mensajería es una opción que incluye el propio terminal móvil, y ofertada por todos los proveedores del mercado, pudiendo ser inactivada/bloqueada en propio terminal móvil, o bien contactando con el servicio de atención al cliente, pudiendo restringir únicamente SMS de carácter saliente, añadir que los mensajes reclamados están enviados a una de las líneas móviles titularidad del reclamante, por lo que podría haberse dado que en la creencia y en un error puntual (incluso del propio terminal),que estaban siendo enviados mediante aplicación de mensajería (WhatsApp, Telegram, IMessage….) se hubieran realizado de manera tradicional.Que, en base a lo anteriormente indicado, este mercantil por deferencia comercial, y en esta ocasión, determina ajustar el total del consumo reclamado, devolución que recibirá mediante ingreso en cuenta bancaria en próximo ciclo de facturación, además recibirá factura rectificativa que detalla importe y servicio ajustado.Aprovechamos la ocasión para trasladar nuestras disculpas por las molestias ocasionadas.Por todo lo anteriormente expuesto, solicitamos el archivo del expediente.AtentamenteDepartamento de Satisfacción al Cliente23:16amación: Facturación SMS no enviados - (CPTES01711841-82)