Estimados/as señores/as:Como titular de un contrato de suministro eléctrico, por medio de la presente pongo en su conocimiento que desde hace meses no me remiten las facturas de los consumos realizados.Les recuerdo su obligación de enviarme las facturas detalladas y desglosadas de mis consumos y mi derecho a recibirlas.La última factura emitida fue el 19 de octubre 2022 correspondiente al periodo 05/08/2022 - 10/10/2022 y con fecha de cargo el 26 de octubre de 2022.La información obtenida tras contactar por varios canales, es que mi facturación se ha visto afectada por una incidencia puntual en sus sistemas de facturación debido al transformador que manda las lecturas digitalmente. Se me comunica que cuando se generen mis facturas podré solicitar un plan de pagos fraccionado sin ningún coste adicional siempre y cuando mantenga el contrato actual con la compañía.Esta incidencia que denominan “puntual”, está teniendo una duración de 5 meses a fecha de hoy, 30 de marzo de 2023, y durante este tiempo estoy siendo forzada por la compañía a contraer una deuda de importe desconocido.De manera adicional, se me está impidiendo evaluar mi factura, por lo que se está vulnerando mi derecho a ejercer una libre elección de comercializadora según mi consumo y mis intereses, habiendo sido advertida, además, de que se procederá a no dar opciones de fraccionamiento de pago si deseara cambiar (a ciegas) de empresa comercializadora, afirmación que entra en conflicto con el Real Decreto 1955/200 a aplicar en facturas desde el 1 de junio de 2021.Así mismo, la normativa establece que la factura se debe emitir en un plazo máximo de 5 días desde la aportación de la lectura del contador, y ésta fue aportada por teléfono el pasado 16 de marzo.SOLICITO:La regularización de la facturación en un plazo máximo de 5 días hábiles a contar desde la fecha de hoy, 30 de marzo de 2023.Que se restablezca la emisión de la factura eléctrica según la periodicidad bimestral establecida en el contrato vigente.Recibir una compensación por el exceso de tiempo sin facturar y por la vulneración implícita de mi derecho a ejercer una libre elección de comercializadora según mis intereses debido a la opacidad y la falta de información recibida.Si la presente reclamación no se resuelve a favor en el periodo de 1 mes, se procederá a realizar la gestión correspondiente mediante el Sistema Arbitral de Consumo.