Hola,
Les vuelvo a escribir por mi reclamacion CAS-1538634 y CAS-1541097 por las cuales les indico que me han hecho y cobrado atraves de Visalia una facturación de consumo basado en estimaciones y no en lectura real habiendo un contador con capacidad de telegestion. Siendo la primera facturacion de consumo tras la puesta en marcha del contador el 13 de Julio de 2026, la facturación del periodo entre el 13 de Julio de 2026 y el 15 de Agosto de 2026 no puede ser 'estimada' por cuanto que no existe historico de consumo. Por ello les envié la factura emitida por Visalia en base a su estimación erronea y que me cobraron en cuents y tambien les envie fotos de lectura de contador que evidencian una estimación de consumo 4 veces superior a la lectura real del contador.
Por todo ello condidero que la empresa distribuidora está incumpliendo de forma sistemática su obligación legal de realizar lecturas reales del equipo de medida. En su lugar, viene aplicando de manera reiterada "consumos estimados" que no guardan ninguna relación con el histórico de consumo real de la vivienda ni con el uso estacional propio de una segunda residencia, llegando a inventar volúmenes de consumo desproporcionados. Que dicha práctica vulnera frontalmente el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, así como el Real Decreto 1718/2012, de 21 de diciembre, que regula los criterios específicos y restrictivos bajo los cuales se pueden emitir lecturas estimadas (obligando a basarse en históricos reales regulados, y no de forma arbitraria).
Les pido rectificacion en la factura emitida y devolución del importe cobrado erroneamente a Visalia. Y que esta rectificacion la consideren en las proximas facturas haciendo lecturas reales del contador.