Hemos recibido la factura nº 21260202010151xxx, correspondiente al periodo 23/12/2025 – 26/01/2026, por importe de 424,64 €, con un consumo facturado de 1.553,60 kWh. Somos una pareja y no realizamos teletrabajo.
En la factura inmediatamente de diciembre 2025, el importe fue de 105,19 €, con un consumo de 475,71 kWh.
Además del incremento de consumo, se ha producido una subida extremadamente significativa del precio de la energía:
Precio energía no promocionada hasta noviembre 2025: 0,165771 €/kWh.
Precio energía no promocionada desde enero 2026: 0,274081 €/kWh.
Esto supone un incremento superior al 65% en el precio del kWh.
En ningún momento hemos sido informados de:
La finalización del plan contratado.
La desaparición del mismo.
Un cambio de condiciones económicas.
Alternativas disponibles o posibilidad de rescisión sin penalización.
Al contactar telefónicamente con Iberdrola, la operadora me indica que el “plan ya no existe”, lo cual evidencia una modificación unilateral del contrato sin notificación fehaciente al consumidor.
El consumo facturado (1.553,60 kWh) resulta desproporcionado si se compara:
Con el periodo anterior.
Con el consumo habitual del mismo periodo en años anteriores.
Con el hecho de que apenas se ha utilizado la calefacción. Tenemos 9 puntos de calefacción y utilizamos 1-3 máximo unas horas al dia. Trabajamos fuera.
CONSIDERACIONES
Entiendo que se ha producido:
Una modificación unilateral de condiciones contractuales sin notificación válida.
Una subida de tarifas claramente abusiva y desproporcionada.
Una posible facturación irregular o lectura incorrecta del contador.
Una vulneración de la normativa de protección de consumidores en materia de información previa y transparencia contractual.
SOLICITO
Que se requiera a Iberdrola para que aporte prueba documental de haber notificado fehacientemente la modificación de tarifas y la desaparición del plan contratado.
Revisión íntegra de las facturas emitidas en enero y febrero 2026.
Refacturación aplicando las condiciones económicas previamente vigentes hasta correcta notificación.
Verificación técnica del contador.
Paralización del cobro o devolución de cantidades indebidamente cobradas.
En su caso, anulación del contrato sin penalización por modificación sustancial no consentida.
Solicito la intervención de la OCU para la defensa de mis derechos como consumidor.
Atentamente,