En calidad de copropietaria de Local G ubicado en Avda. General López Dominguez 34, 29603 Marbella, MálagaEXPONE:Que ha recibido múltiples comunicaciones por correo electrónico, llamadas telefónicas y SMS por parte de la empresa ABINITIO SOLUCIONES FINANCIERAS, las cuales hacen referencia a una supuesta deuda pendiente con la sociedad EDistribucion Redes Digitales SL relacionada con un supuesto consumo de suministro eléctrico en el mencionado local.Que como resultado de ese supuesto consumo, EDistribución Redes Digitales ha iniciado el expediente SEV/00010/796828 por el periodo comprendido entre el 12-04-2022 y el 09-09-2022, y ha emitido una Factura Proforma con fecha 25-05-2023 por un importe de 1.286,36 EUR, correspondiente a una energía a liquidar 3.171 kwh.MANIFIESTA:Que en noviembre de 2020 se iniciaron las gestiones y permisos necesarios para comenzar la obra de acondicionamiento del local.Que el 26-11-2020 se solicita a Endesa el alta de suministro eléctrico por primera vez, provisional para la realización de las obras, dado que el local nunca antes había tenido contador ni CUPS (se adjunta Presolicitud Endesa).Que el contador fue instalado el 22-01-2021 con el número de suministro provisional de obras nº 13003494631 y el CUPS ES0031103006757039RD0F, y unos días más tarde se inician las obras.Que el 2-03-2021 llega una orden municipal de paralización de las obras debido a un desacuerdo en la solicitud de licencia (Se adjunta notificación).Que el 05-10-2022 el Ayuntamiento de Marbella emitió la orden de levantamiento de paralización de las obras (Se adjunta notificación).Que entre las fechas mencionadas anteriormente, 2/3/2021-5/10/2022, no solo las obras fueron paralizadas sino que el local estuvo completamente cerrado sin posibilidad de acceder a él, por ordenamiento municipal.Que el 5-04-2022, durante el periodo de paralización de obra dictada por el Ayuntamiento, Endesa envía carta certificada (adjunta) informando que iban a proceder a dar de baja el contrato de suministro provisional de obras y que la empresa distribuidora gestionaría dicha baja conforme a la establecido reglamentariamente. Que la baja de contrato de suministro se llevó a cabo el 11-04-2022 y la última factura de Endesa recibida fue correspondiente al periodo 19/03/22-11/04/22, con un consumo de 0 kwh (Se adjunta copia).Que según EDistribución, .. en fecha 29/08/2022 se detecta una anomalía, consistente en enganche directo sin previo contrato, y conforme a los cálculos efectuados (en función de potencia por 6 horas de utilización diarias durante el periodo de anomalía) la energía a facturar en el punto de suministro asciende a 3171 kwh correspondiente al período comprendido entre 12/04/2022 y 09/09/2022, cuantificada en el importe de 1286,36 eurosQue durante el tiempo en que se reclama el mencionado suministro eléctrico, el local estuvo estrictamente cerrado por orden del Ayuntamiento de Marbella, y por lo tanto no pudo haber actividad alguna que pudiera haber requerido el consumo de energía eléctrica.Que el 28-11-2022 se solicita el alta el suministro eléctrico con Gana Energía, y después de instalar el contador, se reinician las obras el 21-12-2022.Que el 18-04-2024 me dirigí a las oficinas de la empresa comercializadora Endesa para exponerles el problema y se me confirmó que la baja del suministro se produjo el 11- 12 de abril de 2022 y que se dio aviso a la empresa distribuidora, E-Distribución, para que un técnico retirara el contador. También se me confirmó que no existe deuda alguna con ellos y se me aconsejó que contactara con la Distribuidora E-Distribución por correo electrónico para justificar el cierre del local mediante las notificaciones del Ayuntamiento anteriormente referidas, y además que aportara facturas de suministro de agua donde se podía comprobar que tampoco hubo consumo, para reforzar mi reclamación.Que el 19-04-2022 y el 22-04-2022 se han enviado dos emails al correo facilitado por Endesa comercializadora, boanomaliasdoc@ayesa.com, justificando documentalmente que no pudo haber consumo eléctrico en el local y solicitando cancelación de la supuesta deuda (Se adjunta copia).Que el 24-04-2024 se ha enviado email al correo de Abinitio, la empresa que se ocupa de reclamar la supuesta deuda, edistribucion@abinitio.es, explicando de nuevo la problemática, adjuntando la documentación y solicitando cancelación de la misma (Se adjunta copia).Que hasta la fecha no se ha recibido respuesta alguna a los correos enviados. Únicamente hemos recibido llamadas por parte de Abinitio comunicando que EDistribución no acepta los documentos aportados y reiterando la reclamación de la deuda. Que en estas llamadas se solicitó a Abinitio que dicha comunicación se realice por escrito, donde envíen justificación sobre porqué los documentos aportados no son válidos y donde nos indiquen qué otros documentos podríamos aportar. Su respuesta es una negativa, insistiendo únicamente en la comunicación telefónica.Que se adjuntan los consumos de agua (5 facturas de agua del año 2022 de ese período reclamado, se subraya en amarillo el consumo de agua=0), por lo que nuevamente se demuestra que el local estuvo cerrado y sin actividad.Por todo lo anterior considero que no procede el cobro reclamado ySOLICITA:Que procedan a examinar detalladamente el expediente y los documentos adjuntos que sustentan la inviabilidad del consumo eléctrico durante el periodo objeto de reclamación, dado que el acceso al local fue impedido en virtud de una ordenanza municipal. Asimismo, solicito que aborden esta situación manera rápida y que dictaminen una resolución favorable.