Realicé un pedido el día 28 de julio de 2026 con entrega garantizada para esa misma fecha, precisamente por tratarse de un regalo de aniversario. La esencia del contrato era la entrega en el día seleccionado. A fecha de hoy, 31 de julio de 2026, el pedido sigue sin haber sido entregado, por lo que el servicio contratado ha perdido totalmente su finalidad.
Su respuesta indicando que garantizan la entrega con un "97% de seguridad" y que "no ofrecen reembolsos" resulta contraria a los principios básicos de protección al consumidor. No puede utilizarse una cláusula interna para eximirse del incumplimiento de una obligación esencial cuando el servicio ni siquiera ha sido prestado.
Les requiero formalmente para que, de forma inmediata:
Procedan al reembolso íntegro del importe abonado.
Confirmen por escrito la cancelación del pedido si este aún no ha sido entregado.
Me remitan una respuesta definitiva en un plazo máximo de 48 horas.
En caso contrario, presentaré las correspondientes reclamaciones ante las autoridades de consumo competentes y ejercitaré cuantas acciones resulten oportunas para la defensa de mis derechos, incluyendo:
Presentación de reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).
Reclamación ante la Agencia Catalana del Consumo, al tener su sede en Cataluña.
Reclamación a través del Centro Europeo del Consumidor si procede por la naturaleza transfronteriza de su actividad.
Solicitud de devolución del cargo (chargeback) a través de mi entidad bancaria por incumplimiento del servicio contratado.
Denuncia pública de los hechos aportando toda la documentación acreditativa, incluyendo pedido, publicidad de entrega, comunicaciones mantenidas y su negativa al reembolso.
Conservo todas las pruebas de su publicidad, del pedido realizado, de los correos intercambiados y de la ausencia de entrega durante varios días.
Espero una solución inmediata. En caso contrario, iniciaré todas las actuaciones anteriormente indicadas sin necesidad de nuevos requerimientos.
Atentamente,